MANUAL DE POLÍTICAS DE CAPITALIZACIÓN DE BIENES INSTRUMENTALES


CONTENIDO

1. Introducción

2. Objetivo

3. Fundamento legal

4. Criterios generales a considerar para determinar las políticas de capitalización

5. Criterios generales por tipo de bien

6. Criterios específicos por tipo de bien

7. Políticas específicas para el tratamiento de bienes con características especiales

8. Bienes no capitalizables, pero por su importancia inventariables

9. Aspectos de control a considerar en las políticas de capitalización




Resumen del Documento:

Criterios para la capitalización de activos fijos (bienes muebles instrumentales) del Organismo.

Vigencia a partir del mes de marzo de 1999 a la fecha.


1. Introducción

Los bienes instrumentales de CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y SERVICIOS CONEXOS (CAPUFE), constituyen los bienes que tienen por objeto el uso de los mismos en beneficio de la Entidad, con el objeto de prestar servicios a sus usuarios o al público en general. La adquisición de estos bienes se realiza con el propósito de utilizarlos a coadyuvar en la operación de sus funciones encomendadas .

El actual entorno de globalización económica, ha adquirido cada vez mayor fuerza e importancia, lo que ha originado que las Entidades gubernamentales cuenten con los sistemas de control necesarios para los activos de su propiedad.

Una parte del activo fijo de CAPUFE lo constituye el conjunto de bienes instrumentales, los que por su naturaleza y finalidad, son susceptibles de controlarse mediante el inventario y resguardo correspondiente, el cual, en forma invariable deberá estar a cargo del servidor público adscrito a la unidad administrativa donde se localice el bien. Adicionalmente, deben de ser controlados por personal del área de Recursos Materiales correspondiente, ya sea de las Delegaciones Regionales, Gerencias Tramo, Conexo Industrial y en su caso Oficinas Centrales, las cuales debe recibir en forma periódica y sistemática toda la información y documentación relativa a los movimientos de activos realizados por Oficinas Centrales, Delegaciones Regionales, Gerencias de Tramo y Conexo Industrial o entre las mismas.

Los controles de los activos que maneje el área de recursos materiales, deben contar con la información necesaria que permita ser procesada, tanto por el área contable como por la presupuestal, para realizar las conciliaciones de saldos entre las áreas mencionadas, para esto es necesario contar con criterios generales y particulares en cuanto a la capitalización de bienes instrumentales, los cuales además de ser homogéneos, deben ser utilizados por las distintas unidades administrativas que intervienen en su control.


2. Objetivo

Que CAPUFE cuente con un documento donde se fijen los criterios relacionados con la capitalización de activos fijos (bienes muebles instrumentales) para su aplicación en forma homogénea en todas las áreas del Organismo.


3. Fundamento Legal

La Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento, establecen que todas las entidades deben llevar su contabilidad de acuerdo con las disposiciones contenidas en dichos ordenamientos; así como, por las disposiciones que emitan las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Contraloría y Desarrollo Administrativo, en el ámbito de su competencia. En materia de presupuestos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece las atribuciones que le corresponden a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público consistente en la tramitación y registros que requieran la vigilancia y evaluación del ejercicio del gasto público federal. De manera específica, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento establecen disposiciones aplicables al presupuesto, mencionando que los programas institucionales deberán contener las previsiones de gasto de acuerdo con lo establecido en la clasificación por objeto del gasto.

El Clasificador por Objeto del Gasto, permite el registro detallado de las cuentas presupuestales, ya que señala que los capítulos y conceptos de gasto son la base para consolidar la información presupuestal, bajo criterios uniformes y homogéneos, y que esta clasificación no sustituye o modifica el esquema contable de las entidades, es decir, los catálogos de cuentas que se utilizan para el registro de los activos, pasivos, ingresos, costos y gastos, o la presentación de los estados financieros.

El Clasificador por el Objeto del Gasto señala que: la Administración Pública Paraestatal, de acuerdo con la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal, en vigor, deberá identificar, desde la formulación de sus programas institucionales, las previsiones de gasto de las categorías programáticas establecidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con lo establecido en dicha clasificación por objeto del gasto.

La validación de las propuestas que elaboren las entidades, se efectuará por conducto de las Direcciones Generales de Programación y Presupuesto Sectorial y de Política Presupuestal.

Como parte de los objetivos que persigue el clasificador por objeto del gasto, están: facilitar la cuantificación financiera y contable, por partida de gasto, de los bienes y servicios que el Gobierno Federal adquiere, para la presupuestación, ejercicio, control y evaluación del gasto público; establecer claridad y

homogeneidad en el ejercicio del gasto público; proporcionar agilidad en su aplicación y, dotar de mayores elementos de información para el análisis presupuestario, financiero y económico. A su vez, proporciona la información requerida en el análisis de la contabilidad gubernamental para la formulación de la cuenta de la Hacienda Pública Federal y de las cuentas Nacionales al identificar las transacciones entre dependencias y entidades y de éstas con los sectores privado y social, de acuerdo con los registros contables.


4. Criterios generales a considerar para determinar las políticas de capitalización

Para la consecución de los objetivos y metas que tiene encomendadas la Administración Pública Federal se ha definido la clasificación de las erogaciones en: gasto corriente y gasto de capital (activo fijo). De este último, a continuación se presenta su definición:

Gasto de Capital.- Erogaciones en bienes, servicios y otros gastos diversos destinados a incrementar los activos fijos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

El gasto de capital se identifica considerando los siguientes criterios:

  • Se destina a realizar actividades que tienen por objeto crear, construir, conservar, mantener, instalar, reparar o demoler bienes inmuebles, así como a la adquisición de bienes muebles e inmuebles.
  • Representa mejoras, adiciones o modificaciones importantes a los bienes de capital fijo existentes.
  • Prolonga la vida útil de los activos fijos; aumenta sensiblemente su productividad y modifica la naturaleza o el volumen de los bienes o servicios que producen.
  • La amortización de los gastos de capital por depreciación se manifiesta en dos ejercicios fiscales o más.
  • Las adquisiciones de materiales y suministros se pueden clasificar como de capital cuando se utilizan en trabajos de mantenimiento mayor de inmuebles, que adicionan valor o mejoran los activos.
  • El gasto de capital incluye los costos directamente vinculados con la adquisición y la instalación de los bienes muebles e inmuebles que forman parte de los activos fijos, como son: derechos de aduana, impuestos indirectos; costos de transporte; de entrega y de instalación; los gastos previos a la explotación de bosques, terrenos y depósitos acuíferos (desmontes, dragado, etc.); así como, los honorarios de arquitectos, proyectistas, ingenieros y todos los costos jurídicos requeridos en las construcciones, cuando se trate de obras públicas.
  • Las erogaciones por concepto de bienes y servicios adquiridos con créditos externos, destinados a programas y proyectos de inversión se clasifican como gasto de capital, considerando que su destino y fuente de financiamiento son de inversión.
  • El gasto de capital comprende también las erogaciones destinadas a cubrir la amortización de la deuda derivada del otorgamiento de créditos o financiamientos al Gobierno Federal por instituciones nacionales o extranjeras.


5. Criterios generales por tipo de bien

La Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realiza modificaciones y actualizaciones al Clasificador por Objeto del Gasto, para responder a las necesidades y requerimientos de la administración, la contabilidad gubernamental, la fiscalización y las normas jurídicas en materia.

El Clasificador por Objeto del Gasto es un listado que ordena e identifica en forma genérica, homogénea y coherente, en capítulos, conceptos y partidas, los bienes muebles que componen el activo fijo, para lo cual a continuación se presentan las definiciones generales por tipo de activo de acuerdo al clasificador mencionado.

Bienes muebles e inmuebles

a) Mobiliario y equipo de administración

Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de mobiliario y equipo necesarios para el funcionamiento de la Administración Pública Federal, así como los pagos por adjudicación, expropiación e indemnización de bienes muebles.

b) Maquinaria y equipo industrial y de comunicación

Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de maquinaria y equipo de uso agropecuario, industrial y de comunicaciones que se requiera en la Administración Pública Federal.

c) Vehículos y equipo de transporte

Asignaciones destinadas a la adquisición de toda clase de transporte terrestre, ferroviario, aéreo, marítimo, lacustre, fluvial y auxiliar de transporte, necesarios para las operaciones de la Administración Pública Federal.

d) Equipo e instrumental médico y de laboratorio

Asignaciones destinadas a la adquisición de equipo e instrumental propios para su utilización en los laboratorios de investigación y el servicio médico que proporciona la Administración Pública Federal.

e) Herramientas y refacciones

Asignaciones destinadas a la adquisición de herramientas, máquinas-herramienta, refacciones y accesorios mayores.

f) Bienes inmuebles

Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de bienes inmuebles utilizados en la Administración Pública Federal, así como los gastos por adjudicación, expropiación e indemnización por daños de los mismos.


6. Criterios específicos por tipo de bien

A continuación presentamos las definiciones específicas por tipo de bien de acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, así como algunos ejemplos de estos bienes que se conceptualizan como activo fijo. Para mayor detalle, recomendamos consultar el catálogo de bienes instrumentales de este Organismo.

I. Mobiliario y equipo de administración

Este concepto comprende las partidas:

a) Mobiliario

Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de bienes muebles que requieran las dependencias para el desempeño de sus funciones; comprende bienes tales como: anaquel, archivero, banco, buró, caballete, cubierta de trabajo, base cenicero de pie, credenza, escritorio, estante giratorio, librero, lockers, mesa, mostrador, nicho para bandera de madera, silla, sillón, sofá, perchero, pedestal, panel acústico para oficina, mueble para oficina base o columna metálica para cubierta, taburete, chase long, tripie, restirador, alacena, gabinete, vitrina, etc.

b) Equipo de administración

Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos propios para el desarrollo de las actividades en oficinas e instalaciones de la Administración Pública Federal, tales como: acondicionador de aire, caja fuerte, máquina calculadora eléctrica, calefactores, encuadernador, fotocopiadora, guillotina manual, lámpara de pie de emergencia, máquina contadora de billetes, engargoladora, enmicadora, máquina de escribir, máquina protectora de cheques, mimeógrafo, enfriador de agua, reloj checador de asistencia, reloj receptor de documentos, rotafolio, rack, ventilador, pizarrón, máquina contadora de monedas, perforadora eléctrica, engrapadora automática, cortadora de formas continuas, dibujos copro, cámara de microfilm, proyector de películas, proyector de transparencias, televisores, radios, etc.

c) Equipo educacional y recreativo

Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos educacionales y recreativos, tales como: equipos y aparatos audiovisuales; aparatos de gimnasia, pesas, carruseles, proyectores, cámaras fotográficas, cunas, etc.

d) Bienes artísticos y culturales

Asignaciones destinadas a la adquisición de objetos artísticos y culturales, tales como: pinturas, esculturas, cuadros, colecciones diversas, ediciones históricas, equipos musicales para bandas y orquestas, y en general, todos los bienes que constituyan acervo patrimonial artístico y cultural para el país.

e) Adjudicaciones, expropiaciones e indemnizaciones de bienes muebles

Asignaciones destinadas a cubrir los gastos originados por la adjudicación, expropiación e indemnización de este tipo de bienes, cuando las necesidades propias de las dependencias, o del país lo ameriten.

II. Maquinaria y equipo, industrial y de comunicación

Este concepto comprende las partidas:

a) Maquinaria y equipo industrial

Asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo industrial, tales como: molinos industriales, calderas, hornos eléctricos, motores, bombas industriales, despulpadoras, pasteurizadoras, envasadoras, etc.

b) Maquinaria y equipo de construcción

Asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo utilizados en la construcción, tales como: quebradoras, revolvedoras, palas mecánicas, tractores orugas, motoconformadoras, escrepas, aplanadoras, excavadoras, grúas, dragas, carretilla, apisonadora, aplanadora compactadora (plancha), máquina bacheadora, vaporizadora para lavar a presión, zanjadora, compás industrial, desvaradora para yerba, máquina resicladora compactadora de basura, perforadora barrenadora, perforadora extractora corazón concreto, aparato para equipo de humedad, equipo para flotación de asfalto, máquina ductiladora para asfalto, máquina sacabocados, planta d/trata. d/ aguas residuales, cargador frontal, compactador neumático eléctrico, dosificador, duopactor o compactador de tra. Retroexcavadora, guarnicionadora, cortadora de concreto, motoconformadora, motosierra, pluma hidráulica manual, pintarrayas, rodillo apisonador, rodillo compactador, aplanadora, traxcavo, vibrador rotativo, remachadora de concreto, cuarteadora de material pétreo, aplicador de película, medidor de humedad, guía de carrete, nivel topográfico, etc.

c) Equipos y aparatos de comunicaciones y telecomunicaciones

Para el caso de teléfonos celulares y aparatos de radio comunicación (biper) éstos dado el avance de la tecnología y la forma de contratación que corresponden a el rubro de servicios, es decir gasto corriente, podrán registrarse en el inventario a valor de un peso, toda vez que el servicio incluya formalmente sin costo los aparatos.

Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos y aparatos de comunicaciones y telecomunicaciones, tales como: comunicación satelital, microondas, transmisores, receptores, equipos de telex, de radar, sonar, de radionavegación, de video, amplificadores, equipos telefónicos y telegráficos, etc.

Los bienes que integran la red satelital tendrán tratamiento de excepción, por este motivo, las adquisiciones que se realicen por primera vez se deben capitalizar y mantener su control, el mantenimiento preventivo y correctivo, así como las reparaciones de los equipos deben registrarse directamente al costo; para la red satelital se utilizan tres tipos de estaciones satelitales, tres tipos de multiplexores, tres tipos de ruteadores y tres tipos de conmutadores.

Se considerará activo fijo toda sustitución de alguno de estos bienes o cuando los componentes de cada tipo de bien que lo integran cambien cuando menos en un 65%.

En las requisiciones de compras se deberá establecer con toda claridad las adquisiciones destinadas a gasto corriente y cuáles a gasto de inversión.

A continuación se presenta la integración de los equipos satelitales que utiliza el Organismo por tipo de bien, además, se indica los bienes que deben verificarse cuando se realice el inventario físico correspondiente.

1.- La red satelital del Organismo utiliza tres tipos de estaciones terrenas y son:

VSAT: Instalada en plazas de cobro, Gerencias de Tramo, Almacenes, Conexo Industrial, campamentos y servicio médico.

MINI-HUB: Instalada en las Delegaciones.

HUB O ESTACIÓN MAESTRA: Instalada en Oficinas Centrales.

Una VSAT la integran los siguientes componentes:

  • Plato satelital de 2.4 mts. de diámetro.
  • Feeder/LNA (Low Noise Amplifier)
  • Ode (por sus siglas en inglés Outdoor Equipment)
  • Main-Idu (Idu, Indoor Unit)
  • Sub-idu
  • Tarjetas
  • Cables

Para el inventario se debe considerar únicamente el equipo Main-Idu.

Un Mini-Hub lo integran los siguientes componentes:

  • Plato satelital de 3.8 mts. de diámetro
  • Feeder/LNA (por sus siglas en inglés Low Noise Amplifier)
  • Ef-Data
  • Combiner-Divider
  • Main-Hub Modem
  • Sub-Hum Modem
  • Tarjetas
  • Cables

Para el inventario se debe de considerar únicamente el equipo Main-Modem.

Un Hub o estación maestra lo integran los siguientes componentes:

  • Plato satelital, de 4.5 mts. de diámetro
  • Feeder
  • LNA-A y LNA-B (por sus siglas en inglés Low Noise Amplifier)
  • Switch de control para amplificadores de bajo ruido
  • SSPA-A y SSPA-B
  • Down Converter-A y Sown Converter-B
  • UP Converter-A y UP Converter-B
  • GCE Up-A y GCE-B (General Control Equalizer)
  • GCE Down-A y GCE Down-B (General Control Equalizer)
  • Monitor and Control
  • Deshidratador de aire
  • PCD (Primary Dama Controller)
  • Estación de trabajo SNM/UMC (cpu, monitor, teclado, mouse, unidad de cinta externa)
  • Impresora de trabajo marca Sun
  • Combiner/Divider
  • Main-Hub Modem
  • Sub-Hum Modems
  • Tarjetas
  • Cables

Para el inventario se debe considerar únicamente el equipo Main-Modem, estación de trabajo SNMS/UMC e impresora de trabajo marca Sun.

2.- La red satelital y de fibra óptica del Organismo utiliza tres tipos de multiplexores y son:

  • Newbridge 3645: se utiliza en Oficinas Centrales
  • Newbridge 3600: Se utiliza en las Delegaciones
  • Newbridge 3612: Se utiliza en Gerencias de Tramo, Plazas de Cobro, Almacenes, Campamentos, Servicio Médico.

    El multiplexor Newbridge 3645 lo integran los siguientes componentes:

    • Swich A
    • Swich B
    • Periféricos 1,2,3
    • Tarjetas
    • Cables

    Para el inventario se debe considerar únicamente el Swich A y B.

    El multiplexor Newbridge 3600 lo integran los siguientes componentes:

    • Gabinete del cpu
    • Tarjetas
    • Cables

    Para el inventario se debe considerar únicamente el gabinete del equipo.

    El multiplexor Newbridge 3612 lo integran los siguientes componentes:

    • Gabinete del cpu
    • Tarjetas
    • Cables

    Para el inventario se debe considerar únicamente el gabinete del equipo.

    3.- La red de datos del Organismo utiliza tres tipos de ruteadores y son:

  • Cisco 7000: Se utiliza en Oficinas Centrales
  • Cisco 4000: Se utiliza en Delegaciones
  • Cisco 2000: Se utiliza en Gerencias de Tramo, Plazas de Cobro, Almacenes, Campamentos, Servicio Médico.

    El ruteador Cisco 7000 lo integran los siguientes componentes:

    • Gabinete del cpu
    • Tarjetas
    • Cables

    Para el inventario se debe considerar únicamente el gabinete del equipo.

    El ruteador Cisco 4000 lo integran los siguientes componentes:

    • Gabinete del cpu
    • Tarjetas
    • Cables

    Para el inventario se debe considerar únicamente el gabinete del equipo.

    El ruteador Cisco 2000 lo integran los siguientes componentes:

    • Gabinete del cpu
    • Tarjetas
    • Cables

    Para el inventario se debe considerar únicamente el gabinete del equipo.

    4.- La red satelital y de fibra óptica del Organismo utiliza tres tipos de conmutadores y son:

  • Modelo 4300L: Que se utiliza en Oficinas Centrales
  • Modelo 4300M: Que se utilizan en Delegaciones
  • Modelo 4100: Que se utilizan en Gerencias de Tramo, Plazas de Cobro, Almacenes, Campamentos y Servicio Médico.

    Los conmutadores modelo 4300L y 4300M lo integran los siguientes componentes:

    • Gabinete del cpu
    • Distribuidor telefónico
    • Banco de baterías
    • Rectificador
    • Tarjetas
    • Cables

    Para el inventario se deben considerar el gabinete del cpu, distribuidor telefónico, banco de baterías y rectificador.

    El conmutador modelo 4100 lo integran los siguientes componentes:

    • Gabinete del cpu
    • Tarjetas
    • Cables

    Para el inventario se debe considerar únicamente el gabinete de cpu.

    d) Maquinaria y equipo eléctrico

    Asignaciones destinadas a la adquisición de maquinaria y equipo eléctrico y electrónico, tales como: generadoras de energía, plantas, motogeneradoras de energía eléctrica, transformadores, reguladores, equipo electrónico, equipo electrónico nuclear, tableros de transferencias, etc. Excluye los bienes informáticos señalados en la partida 5206.

    e) Bienes informáticos

    Asignaciones destinadas a la adquisición de equipo de computación para el procesamiento electrónico de datos, tales como: computadoras, lectoras, terminales, monitores, procesadores, tableros de control, equipos de conectividad, etc.

    Para el caso de tarjetas, discos duros, mouse y demás aditamentos accesorios deberán considerarse, gasto corriente.

    f) Maquinaria y equipo diverso

    Asignaciones destinadas a la adquisición de cualquier otro tipo de maquinaria y equipo no incluidos o especificados en los conceptos y partidas del presente capítulo, tales como: reflectómetro, báscula de plataforma, equipo de secado, telescopio, anemómetro, dispensario, buldozer, intercambiador de calor, tanque de almacenamiento, texter de ignición, torno, vareador, winch, revolver, rifle, vacumetro, aparato p/valor relativo, aparato de casas grandes, aparato mecánico d/desprendimiento, aparato prueba abrasión, imperc., aparato p/titulación, brillómetro, campara p/desecar, cámara salina, centífuga, compresómetro, dial indicador, dispersor, equipo de lavacidad, electrómetro, grindómetro, hidrómetro, impactómetro, juego de pruebas de flotación, manómetro, miliamperímetro, penetrómetro, potenciómetro, watometro de radio, pignómetro, viscocímetro, vibrograbadora, frecuenciómetro, equipo d/radar por p/med/veloc., analizador de sistemas, aparato p/punto d/reblandecimiento, equipo analizador, cabitrón, dicaleras, west, puente eléctrico, estadales, sonda eléctrica, baliza, elevador telescópico, etc.

    III. Vehículos y equipo de transporte

    Este concepto comprende las partidas:

    a) Vehículos y equipo terrestre

    Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo terrestre, motorizados y no motorizados, para el transporte de personas y carga, tales como: automóviles, autobuses, camiones, camionetas, tracto-camiones, ambulancias, carros para bomberos, motocicletas, bicicletas, etc.

    b) Vehículos y equipo ferroviario

    Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo de transporte ferroviario, tales como: locomotoras, tractores ferroviarios, furgones, carros-góndola, carros-tanque, carros-pasajeros, carros-plataforma, grúas ferroviarias, armones ferroviarios, cabuses, etc.

    c) Vehículos y equipo de transporte aéreo

    Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo de transporte aéreo, de carga y de pasajeros, tales como: aviones, helicópteros, avionetas, hidroplanos, etc.

    d) Vehículos y equipo auxiliar de transporte

    Asignaciones destinadas a la adquisición de vehículos y equipo auxiliar de transporte, necesarios para maniobrar en puertos y aeropuertos, almacenes, patios de recepción y desecho, tales como: ascensores, grúas para remolcar vehículos. montacargas, remolques de plataforma, etc.

    IV. Equipo e instrumental médico y de laboratorio

    Este concepto comprende las partidas:

    a) Equipo médico y de laboratorio

    Asignaciones destinadas a la adquisición de equipos utilizados en hospitales, unidades sanitarias, consultorios, servicios veterinarios y en los laboratorios auxiliares de las ciencias médicas y de investigación científica, tales como: rayos X, máquinas esterilizadoras, sillas dentales, mesas operatorias, incubadoras, microscopios y toda clase de aparatos necesarios para equipar salas de rehabilitación, de emergencia, de hospitalización y de operación médica.

    b) Instrumental médico y de laboratorio

    Asignaciones destinadas a la adquisición de todo tipo de instrumentos utilizados en la ciencia médica, tales como: estetoscopios, máscaras para oxígeno, bisturíes, tijera, pinzas, separadores, y en general todo tipo de instrumentos médicos necesarios para operaciones quirúrgicas, dentales y oftalmológicas, etc. Incluye el instrumental utilizado en los laboratorios de investigación científica.

    V. Herramientas y refacciones

    Este concepto comprende las partidas:

    a) Herramientas y máquinas-herramienta

    Asignaciones destinadas a la adquisición de herramientas eléctricas, neumáticas y máquinas-herramientas, tales como: rectificadoras, cepilladoras, mortajadora, pulidoras, lijadoras, sierras, taladros y martillos eléctricos, ensambladoras, fresadoras, encuadernadoras, etc.

    b) Refacciones y accesorios mayores

    Asignaciones destinadas a la adquisición de refacciones y accesorios mayores de uso diverso, tales como: motores para vehículos, discos agrícolas, escrepas, cuchillas adaptables a maquinarias, etc. distintas de las consideradas en la partida 2302. (Refacciones, accesorios y herramientas menores).

    En adición a los conceptos mencionados, deberá cumplirse con las disposiciones establecidas en la “NORMA CAPUFE 007-I-DAF-1996 para la administración de almacenes, afectación, baja y destino final de bienes muebles, aprobada por el Órgano de Gobierno de este Descentralizado.


    7. Políticas para el tratamiento de bienes con características específicas

    Las características propias del Organismo, los servicios que proporciona, así como por el desarrollo de sus actividades, origina que se tengan activos y bienes con características especiales, los cuales deben estar resguardados y controlados tomando en cuenta políticas específicas, como ejemplo de estos bienes se mencionan los siguientes:

    • Instrumental médico
    • Equipo de control de tránsito y aforo vehicular de videograbación contínua
    • Enciclopedias y libros
    • Licencias autorizadas para utilizar paquetería
    • Programas y paquetes

    Instrumental médico

    El médico de la delegación o tramo carretero será el resguardatario del equipo que utiliza para realizar sus actividades, tendrá una relación del equipo con que cuenta, tanto del equipo capitalizable (activo fijo), como el equipo que por sus características es considerado gasto corriente, como es el caso del instrumental médico menor, pero se requiere un control de ellos.

    Equipo de control de tránsito y aforo vehicular

    Considerando el tratamiento de excepción que tiene este equipo, por su naturaleza, técnico y uso, los bienes que integran los equipos de control de tránsito y de aforo vehicular, al adquirirse por primera vez, se capitalizarán y mantendrá el control de éstos. Los mantenimientos y reparaciones de los equipos por servicio preventivo y correctivo, deben incluirse directamente al gasto así como, la actualización de los paquetes de cómputo y la actualización de los equipos, y únicamente se capitalizarán los equipos que se adquieran para sustitución (nuevos) cuando en un sólo evento se sustituya cuando menos el 65% de los componentes del equipo, especificando que todo lo que conforma a dicho equipo podrá ser manejado con un solo número de inventario, conforme al tipo de equipo existente en cada carril.

    Dadas las características especiales de estos equipos será necesario que en las requisiciones de compras se especifique las adquisiciones destinadas a gasto corriente y cuáles serán gasto de inversión, así mismo, el área de operación deberá presupuestar en forma definida qué es lo que corresponde a gasto corriente y aquello que forma parte de la inversión.

    A continuación se presenta la relación de activos que deben incluir los equipos de aforo.

    Elementos de carril

    1. Semáforo de marquesina

    2. Semáforo de piso (le indica al usuario el alto y el siga), asimismo, el display de la cuota cubierta.

    Sistema de video

    1. Equipo concentrador el cual a su vez está integrado por:

    a) Por cada cuatro carriles se tendrá un divisor de cuatro cámaras, una videograbadora y un monitor.

    b) La estación de auditoría tiene una computadora que se compone de:

    • C.P.U.
    • Teclado
    • Monitor

    Cuenta también con un monitor de video, una videograbadora, un no-break y una impresora.

    2. Equipo en carril

    a) Se encuentra instalada una cámara con su respectivo gabinete para cada carril.

    Para los componentes que integran los equipos de control de tránsito con sistema de preclasificación y auditoría por video, se le agregan los sensores de piso y las cortinas ópticas

    Equipo concentrador simex, sistema postclasificado con auditoría por video: este se encuentra ubicado en la oficina del encargado de turno, el cual se compone de:

    1. Dos computadoras, las cuales están conformadas de (una de comunicación y la otra de reportes):

    a) C.P.U.
    b) Teclado
    c) Monitor

    2. Impresora de reportes

    3. No-break

    4. Hub de red

    5. Base del sistema de intercomunicación (interphone)

    Consola de operación:

    1. Botonera
    2. Impresora de comprobantes de pago
    3. Elemento de intercomunicación (interphone)
    4. Monitor
    5. Gabinete

    Sensores de piso

    Están instalados en el carril, sirven para detectar y clasificar los ejes que pasan por ellos, estos son:

    1. Contador de ejes
    2. Sensores de doble rodada
    3. Lazo magnético (loop)

    Equipo de control de tránsito con sistema postclasificador electrónico control Allen-Bradley rehabilitado por la empresa Fegom.

    Equipo concentrador

    a) P.C.
    b) Monitor
    c) Teclado
    d) Impresora de reportes
    e) Central de intercomunicación

    Elementos de carril

    a) Banda contadora de ejes
    b) Bandas clasificadoras de doble rodada
    c) Lazo magnético (loop)
    d) Semáforo de marquesina
    e) Display indicador de cuota para el usuario

    Equipo de cabina

    a) Gabinete
    b) Consola de operación (botonera)
    c) Impresora de comprobantes de pago
    d) No-break

    Equipo de control de tránsito con sistema postclasificador electrónico Sismpsa

    Equipo concentrador

    a) C.P.U.
    b) Teclado
    c) Monitor
    d) Impresora de reportes
    e) No-break
    f) Central de intercomunicación

    Elementos de vía

    a) Bandas contadoras de ejes
    b) Bandas contadoras de doble rodada
    c) Lazo magnético Loop
    d) Semáforo de marquesina
    e) Semáforo del usuario con display de cuota

    Equipo de cabina

    a) Gabinete del cobrador
    b) Consola de operación (botonera con display)
    c) Impresora de comprobantes de pago
    d) Teléfono de intercomunicación (interphone)
    e) No-break

    Enciclopedias y libros

    En el caso de libros adquiridos en forma individual y ocasional invariablemente se deben aplicar a resultados del ejercicio (gasto corriente), en el caso de enciclopedias y diccionarios, aún cuando se consideran como gasto corriente, se llevará un control de las mismas (resguardos).

    Programas, paquetes de cómputo y licencias para uso de software

    Los programas y paquetes comerciales se deben registrar como gasto corriente, en virtud de que la informática está cambiando en forma permanente, por lo cual, no es conveniente capitalizar estas erogaciones que se van sustituyendo por otros programas y paquetes que se actualizan en periodos relativamente cortos de tiempo.

    Para el caso de los software desarrollados en exclusividad para Capufe, se deben de capitalizar (gasto de inversión) y registrarse como activo diferido sujetos a amortización en un periodo máximo de 4 años.

    Licencias autorizadas para el uso de paquetería

    Las licencias para operar programas en las que su costo es significativo se deben capitalizar (gasto de inversión) y registrarse como activo diferido sujeto a amortización en un período máximo de 4 años.


    8. Bienes no capitalizables, pero que por su importancia se deben de resguardar

    A continuación se presenta una relación de bienes que por las características propias, deben registrarse como gasto corriente, pero que por su importancia tienen que ser resguardados: La lista es enunciativa y de ninguna forma limitativa, ya que, en el transcurso de la operación se podrán agregar otros bienes

    • Cestos de basura
    • Botiquines
    • Papeleras
    • Extinguidores
    • Equipo de cocina y enseres menores
    • Máquina sumadora manual
    • Programas de cómputo (software)
    • Fuente de poder
    • Estuche de diagnóstico
    • Tanque de oxígeno
    • Radiolocalizador
    • Teléfono celular


    9. Aspectos de control a considerar en las políticas de capitalización

    • En forma periódica (mínimo 2 veces al año) la Gerencia de Maquinaria elaborará un reporte de todas las movilizaciones de equipo realizadas, dando seguimiento y actualización al inventario de estos bienes, incluyendo los resguardos, ello en forma coordinada con las áreas administrativas de las Delegaciones Regionales, Gerencias de Tramo y Conexo Industrial, debiendo turnar una copia debidamente actualizada a la Gerencia de Recursos Materiales.

    • Los contratos que se formalicen para compra de equipo de aforo se elaboran en forma global; por lo que, para efectos de un mejor control de estos equipos, el área de adquisiciones deberá solicitar que la entrega de los bienes se haga de manera detallada para cada uno de los componentes como son: números de serie, descripción de cada uno de los bienes, costo unitario, etc. y que el área jurídica lo señale en el contrato correspondiente, esto es aplicable para todos los equipos, además, se solicitará que en la factura se describa en forma detallada cada uno de los puntos mencionados. La Gerencia de Servicios de Operación con base en el oficio de inversión autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, indicará si esas adquisiciones deben clasificarse como gasto de inversión, caso contrario, señalará si las adquisiciones fueron para gasto corriente, ello con el objeto de realizar su adecuado tratamiento de control contable, presupuestal y físico.

    • En los contratos de mantenimiento, reparación o sustitución de los equipos de aforo se debe precisar en una cláusula que los equipos que se lleve el prestador de servicios para reparación, mantenimiento o sustitución deben ser devueltos a la Entidad cumpliendo con las mismas características, marca y calidad, ya que en algunas ocasiones devuelven equipos hechizos.

    • El área jurídica dará seguimiento a los activos siniestrados hasta la recuperación de las sumas aseguradas, por lo cual, es conveniente que en forma mensual turne un reporte de la maquinaria y equipo de transporte siniestrado, recuperado y pendiente de reembolsar por parte de la aseguradora, turnando copia al área de contabilidad de las Delegaciones, Gerencias de Tramo, Conexo Industrial y en su caso Oficinas Centrales donde se encontraban adscritos los Bienes esto para su control y seguimiento, así como al área de bienes instrumentales respectiva para la actualización de los resguardos y listados correspondientes.

    • El área de Recursos Materiales correspondiente a Delegaciones Regionales, Gerencias de Tramo, Conexo Industrial y Oficinas Centrales, reportará en forma mensual a la de Contabilidad el total de compras registradas por tipo de activo, según la cuenta contable, las cuales en forma conjunta serán conciliadas periódicamente, como mínimo dos veces al año, incluyendo el área de Presupuestos.

    • Los cambios de bienes que se operen entre Casetas, Campamentos, Gerencias de Tramo, Delegaciones y Conexo Industrial, deben de informarse mensualmente a los superintendentes de recursos materiales para que éstos emitan informes a los titulares de las Delegaciones a donde enviarán los bienes.

    • Cuando la movilización se realice entre casetas o carriles de una misma Delegación o Gerencias de Tramo, se deben informar mensualmente estos movimientos a los responsables de bienes instrumentales de dichas unidades administrativas desconcentradas, con la finalidad de realizar los traspasos de equipo a los centros de costo correspondientes, así como, la modificación del resguardo correspondiente, obteniendo la firma de conformidad de las áreas y de sus responsables.

    • Las Delegaciones, Gerencias de Tramo y Conexo Industrial elaborarán un reporte mensual de los bienes traspasados a sus similares, turnando copia al superintendente de recursos materiales de cada Delegación para que proceda a cargar y descargar los bienes a quien corresponda.

    • Trimestral las Delegaciones y Gerencias de Tramo y Conexo Industrial enviarán a el Almacén Central de manera impresa y en medio magnético la base de datos de los Bienes Instrumentales con cuentan, así como los movimientos registrados en ese período con la finalidad de que se concilie la nueva base de datos por parte de dichas Delegaciones, Gerencias de Tramo y Conexo Industrial, ello partiendo de la base anterior debidamente conciliada y firmada por las áreas involucradas, destacándose que los respectivos inventarios y acatamiento a la normatividad vigente queda a cargo y bajo la responsabilidad de las unidades administrativas desconcentradas a las que se hace alusión

    • El área de informática elaborará reportes en forma oportuna, del equipo de cómputo a distribuir por Delegación, Gerencia de tramo o Conexo Industrial, anotando en forma clara y precisa la descripción del bien, turnando copia al almacén central y a las Delegaciones, Gerencias de Tramo o Conexo Industrial, con la finalidad de que las mismas verifiquen el equipo que recibirán.

    • En forma semestral las Delegaciones, Gerencias de Tramo, Oficinas Centrales y Conexo Industrial, elaborarán un reporte de todos los bienes obsoletos, deteriorados e inservibles, llevando un control por separado de éstos, con el objeto de someterlos a la consideración según el caso del Comité o Subcomité de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles, a fin de que dicho Órgano colegiado determine su baja y destino final.

    • Realizar licitaciones de bienes obsoletos, deteriorados o inservibles, cada seis meses.

    • Para el control de Bienes Instrumentales, es conveniente utilizar el sistema de vibrogravado conjuntamente con las etiquetas, para lograr un mejor control, en los casos en que no se puedan utilizar los dos sistemas de control del inventario, utilizar el más adecuado dependiendo de las circunstancias.

    • Es conveniente que el área de transportes elabore un listado de todos los bienes con que cuenta, conciliando con las Delegaciones, Gerencias de Tramo, Conexo Industrial, áreas involucradas y Oficinas Centrales, y en forma mensual generar un reporte de los movimientos ocurridos por adscripción.

    • Esto mismo lo debe realizar la Gerencia de Maquinaria y en caso de existir modificaciones de números económicos se debe informar a las áreas involucradas en el control de los bienes, incluyendo al resguardatario.

    • Elaborar por parte del Almacén Central, Gerencias de Tramo, Delegaciones y Conexo Industrial, resúmenes mensuales de notas de salida y entrada que contengan la información necesaria para formular la conciliación de movimientos. El Almacén Central generará reportes mensuales solo de bienes que se encuentran en su custodia y estén pendientes de distribuir.

    • El área de adquisiciones, en forma mensual debe informar a el Almacén Central de todos los contratos celebrados por compra de bienes a nivel central que forman parte del capítulo 5000, para que éstos estén enterados y puedan programar el trabajo de recepción de bienes en forma oportuna.

    • Las nuevas adquisiciones de bienes instrumentales que ingresen a el Almacén o se encuentren en stock deberán estar custodiadas y resguardas por los responsables de bienes instrumentales y una vez que se distribuyan, se hará el cambio de resguardatario correspondiente.

    • Es obligación del área de adquisiciones para el caso de compras centralizadas del capítulo 5000, que se vallan a entregar a las Delegaciones, Gerencias de Tramo y Conexo Industrial, y en su caso Oficinas Centrales, indicar en el pedido o contrato la cantidad de bienes que les corresponda a cada una de estas áreas, remitiendo en forma oportuna copia de dicho documento al Almacén respectivo, señalando precio unitario, precio total, y descripción completa, incluyendo en su caso número de serie, ello para facilitar la conciliación y control del inventario de bienes instrumentales.




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