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I. INTRODUCCIÓN
A fin de asegurar el aprovechamiento y la promoción de la tecnología informática y de acuerdo con los principios contenidos en el plan nacional de desarrollo, se estableció el
Programa de Desarrollo Informático, el cual considera a la informática, como un factor estratégico para el desarrollo nacional.
Asimismo, el propósito del programa es fomentar el uso y desarrollo de la tecnología de la Información para lograr su pleno aprovechamiento como instrumento de apoyo para elevar la productividad y competitividad de los diferentes sectores y con ello propiciar el bienestar de la sociedad.
En este contexto caminos y puentes federales de ingresos y servicios conexos, demanda para su desarrollo, de información veraz, ágil y oportuna que coadyuve a la toma de
decisiones que para la consecución de los planes y objetivos institucionales.
Por lo anterior se considera fundamental el establecimiento del comité de informática con, integrantes del más alto nivel directivo, para garantizar un manejo informático orientado a las metas y objetivos del organismo, que promueva la corresponsabilidad y participación de las áreas usuarias y que sea una entidad que dictamine y en su caso avale los proyectos a desarrollar.
II. Marco Legal
- Ley orgánica de la administración pública federal. (do 29-12-76 y sus reformas)
- Ley de información estadística y geográfica. (dof30-12-80)
- Ley de planeación (dof 5-1-83).
- Ley federal de las entidades paraestatales. (dof 14-5-86 y sus reformas)
- Ley de adquisiciones y obras públicas. (dof 30-12-93).
- Ley de presupuesto, contabilidad y gasto público federal. (dof 31-12-76) modificada (10-1-94, 21-12-95)
- Ley federal de telecomunicaciones. (dof01-06-95)
- Reglamento de la ley de adquisiciones, arrendamientos y servicios relacionados con Bienes muebles. (dof 13-11-90).
- Decreto de presupuesto de egresos de la federación del ejercicio correspondiente.
- Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000. (dof 31-05-95)
- Decreto del programa especial de mediano plazo denominado de desarrollo informático. (dof 6-05-96).
- Reglamento de la ley federal de entidades paraestatales. (dof 26 -1-90 y sus reformas)
- Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.(dof 04-11-94)
III. Objetivos
- Definir el rumbo institucional en material de informática y telecomunicaciones.
- Propiciar la incorporación de innovación tecnológica en la materia, a fin de evitar rezagos.
- Asegurar que la planeación, control y seguimiento, en materia de informática y Telecomunicaciones, sean sustentables, acordes con los objetivos, metas, estrategias
y programas de la institución, apegadas a lo previsto en las diversas leyes, Reglamentos y demás normatividad vigente y que contribuyan a la integración y Desarrollo institucional ya la eficiencia y oportunidad de sus servicios.
IV. Políticas Generales
El formato del asunto que se someta a la consideración del comité, deberá estar firmado por el secretario técnico, responsabilizándose de que la información
Contenida en el mismo corresponda a la proporcionada por las áreas solicitantes.
La responsabilidad de cada integrante del comité quedará limitada, según sea el caso, al voto o comentario que emita u omita, en lo particular, respecto al asunto
Sometido a su consideración, con base en la documentación que le sea presentada.
Las especificaciones y justificaciones técnicas deberán ser firmadas por el titular del Área solicitante.
V. Integración del Comité
El comité se integra de la siguiente manera:
Cargo | Puesto |
Presidente | Director de Administración y Finanzas. |
Secretario ejecutivo | Subdirector de Informática |
Secretario técnico | Gerente de la Subdirección de Informática |
Vocales | Director de Planeación y Desarrollo Director de Operación Director Técnico Director de Obra Concesionada Coordinador de Delegaciones Subdirector de Finanzas Subdirector de Recursos Humanos y Materiales Coordinador de Seguimiento y Supervisión
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Asesores | Director Jurídico Contralor Interno en Capufe |
Invitados | Representantes de diversas áreas, que en su caso tengan que informar sobre determinado asunto |
Los integrantes titulares del comité con derecho a voz y voto deberán nombrar a sus suplentes respectivos y deberán tener un nivel inferior inmediato de mando al del
Titular, o en su caso, el de gerente como mínimo, cuando éste dependa directamente del titular. Los titulares deberán designar y enviar por escrito al secretario ejecutivo la
Designación de sus suplentes.
Los vocales y asesores deberán nombrar a sus respectivos suplentes, en el caso de los vocales con derecho a voz y voto, y los asesores únicamente con derecho a voz, y
Tener un nivel jerárquico inmediato inferior al del titular, debiéndose registrar por oficio el nombramiento ante el presidente del comité respectivo.
VI. Facultades de los Integrantes del Comité
A) Presidente (derecho a voz y voto)
- Autorizar el orden del día de las sesiones.
- Coordinar y presidir las reuniones del comité.
- Emitir su voto de calidad en el comité en caso de empate.
- Delegar la presidencia del comité en el secretario ejecutivo, cuando no asista.
- Propiciar y mantener un clima de armonía y colaboración entre los miembros del comité, permitiendo la libre expresión de ideas, para alcanzar los mejores resultados en asuntos de informática que se planteen en el seno del comité.
- Elevar a la instancia de la dirección general los acuerdos del comité que se consideren de mayor relevancia.
- Realizar todas aquellas funciones que sean afines con los objetivos del comité.
B) Secretario Ejecutivo (derecho a voz y voto)
- Vigilar la expedición correcta de las ordenes del día y de los listados de los asuntos que se tratarán, incluyendo los soportes documentales necesarios; así como remitir a cada integrante del comité el expediente de la reunión a celebrarse y elaborar las actas de las sesiones que se lleven a cabo.
- Verificar que los acuerdos del comité se asienten en el formato y se les dé cumplimiento, así como levantar el acta de cada una de las sesiones, vigilando que el archivo de los documentos este completo y se mantenga actualizado, cuidando su conservación por el tiempo mínimo que marca la ley que es cuando menos de cinco años.
- Someter los documentos señalados en los incisos anteriores, a la autorización previa del Presidente del comité.
- Enviar a cada miembro del comité las carpetas correspondientes a cada sesión cuando menos, con dos días hábiles de anticipación en sesiones ordinarias y un día hábil en
sesiones extraordinarias.
- Proporcionar a los integrantes del comité copia de la información relacionada con los asuntos que trate el comité.
- Efectuar las funciones que le correspondan de acuerdo a la normatividad aplicable y aquellas que le encomiende el presidente o el comité en pleno.
- Firmar el formato del asunto que se someta a la consideración del comité responsabilizándose de que la información contenida en el mismo corresponda a la proporcionada por las áreas requirentes.
- Designar un secretario técnico quien lo auxiliará en las tareas indicadas.
- Informar al comité de los sistemas desarrollados, para mantener actualizado el inventario de sistemas de la institución.
- Integrar y presentar al comité el informe semestral de la conclusión de los asuntos presentados al comité.
- Informar al comité de las acciones relativas al equipamiento de informática y telecomunicaciones llevadas a efecto.
C) Secretario Técnico (sin derecho a voz y voto).
- Auxiliar al secretario ejecutivo en las funciones asignadas.
- Vigilar la oportuna elaboración del orden del día, del acta de la sesión y del material o documentos que se discutirán en cada reunión.
- Recabar y presentar los documentos adicionales que soporten a los asuntos tratados en el comité.
- Preparar la lista de asistencia de cada sesión y recabar la firma correspondiente.
- Redactar el acta respectiva.
- Dar seguimiento a los acuerdos del comité.
- Vigilar que el archivo del comité se encuentre siempre actualizado y que los documentos se conserven por un periodo mínimo de cinco años.
- Proporcionar la información complementaria de los asuntos que conoce el comité, que pudiera se requerida por algún miembro del mismo.
D) Vocales (derecho a voz y voto).
- Enviar al secretario ejecutivo los temas que sugieran tratar en la sesión del comité, con cinco días hábiles de anticipación para reuniones ordinarias y un día hábil para las
extraordinarias, adicionando los documentos que den sustento a dichos temas.
- Analizar el orden del día y demás documentos sobre los asuntos a tratar. cumplir con las funciones y comisiones que le sean encomendadas por el comité, así
como informa del avance de los mismos.
- Vigilar el cumplimiento de las disposiciones que en materia de informática y telecomunicaciones emita el comité.
- Realizar las demás funciones que le encomiende el presidente del comité.
E) Asesores (derecho a voz).
- Proporcionar la orientación necesaria en torno a los asuntos que se traten, de acuerdo con las facultades que tenga conferidas el área que lo haya designado.
- El representante de la dirección jurídica proporcionará la asesoría, respecto a los requisitos legales de los actos y disposiciones emanadas del comité.
- El representante del Ogano interno de control proporcionará la asesoría sobre la aplicación correcta de la normatividad, que en su caso resulte aplicable.
- Quedará a elección de los asesores que asistan, orientar o aclarar la información de los asuntos a tratar, firmar el formato en que se contenga el acuerdo respectivo; sin embargo, deberán firmar el acta de la reunión como constancia de su participación, en la que deberá señalarse el sentido del acuerdo tomado por los miembros con derecho a voz y voto, y los comentarios relevantes de cada caso.
F) Invitados (derecho a voz).
- Proporcionar o aclarar información relativa a sus áreas de responsabilidad.
- Realizar las funciones que le encomiende el presidente o el comité en pleno.
- Únicamente tendrán participación en los casos en que el secretario ejecutivo considere necesaria su intervención para aclarar aspectos técnicos o administrativos, relacionados
con los asuntos sometidos a la consideración del comité.
VII. Funciones del Comité.
Con la finalidad de coadyuvar en el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Programa especial de mediano plazo denominado de desarrollo informático, publicado en
El diario oficial de la federación el 6 de mayo de 1996, el comité tendrá las siguientes:
Funciones:
A) En materia de normas
- Autorizar el manual de integración y funcionamiento del comité.
- Evaluar, establecer y difundir política, normas y procedimientos en materia de Informática y telecomunicaciones, así como sancionar y en su caso autorizar los
Supuestos no previstos en éstos.
- Solicitar la presencia de funcionarios técnicos o externos especializados para opinar sobre las propuestas, dictámenes o estudio que en materia de informática o de
Telecomunicaciones se presenten al mismo.
- Aprobar las normas y lineamientos que en materia de tecnología informática y de Telecomunicaciones, para la transmisión de voz, datos y video a través de la red de
Teleinformática, habrán de observarse en el organismo y unidades administrativa que lo conforman e informar al h. Consejo de administración de Capufe.
- Coadyuvar al cumplimiento de la ley de información, estadistica y geográfica, su Reglamento y los distintos ordenamientos relacionados con la materia.
- Autorizar el programa anual de capacitación en materia de tecnología informática y de Telecomunicaciones, para el personal del organismo.
- Proponer por conducto del presidente a las dependencias reguladores según sea el caso, los sistemas y procedimientos de adquisiciones, arrendamientos y servicios
Informáticos que se considere conveniente hacerlos de su conocimiento. opinar respecto a los proyectos de normas en materia informática que las Dependencias reguladoras envíen para consulta.
- En la primera sesión ordinaria del año, el comité acordará el programa anual para la Celebración de las reuniones ordinarias.
- El secretario ejecutivo, será el responsable de la elaboración de la propuesta del Programa de sesiones ordinarias, misma que se someterá aprobación del comité.
B) En materia de programación y presupuestación.
- Coordinar la planeación, evaluación y ajuste del programa de desarrollo informático de la institución.
- Aprobar el programa de desarrollo informático de capufe.
- Analizar y evaluar los programas y presupuestos de adquisiciones, arrendamientos y servicios informáticos y de telecomunicaciones, y darles seguimiento a su ejercicio, a
sus modificaciones, y formular en su caso, las observaciones y recomendaciones que considere necesarias.
- Coordinar la presencia y/o información de las diferentes áreas del organismo, para coadyuvar al cumplimiento de sus objetivos, metas y programas, relacionados con
sus objetivos.
- Informar al director general acerca de la conformación y avances del programa Institucional de desarrollo informático y de telecomunicaciones, y someter a su consideración, aquellos asuntos que por tener repercusiones a nivel institucional, requieran de su aprobación.
- Conocer el resultado del análisis, evaluación y dictaminación de las solicitudes que realizan las áreas para equipamiento y sistematización.
- Analizar y autorizar el proyecto del presupuesto anual relacionado con la informática y las telecomunicaciones de la institución, previa presentación a las instancias que prevé la normatividad institucional en vigor, así como para garantizar que su elaboración se encuentre acorde con la planeación, programación específica y con Las leyes, reglamentos y normatividad de la materia.
- Autorizar y evaluar el programa institucional de capacitación en materia de informática y telecomunicaciones.
- Integrar con carácter temporal grupos de trabajo en el seno del comité para desahogar actividades especificas.
- Dar seguimiento a las acciones que en materia de informática y de Telecomunicaciones se lleven a efecto en la institución, vigilando que estas cumplan con los objetivos del programa institucional de desarrollo informático y de Telecomunicaciones.
C) En materia de adquisiciones o arrendamientos.
- Opinar, desde el punto de vista técnico, cuando se le solicite, respecto de la adquisición o arrendamiento de bienes y la contratación de servicios informáticos de las unidades administrativas centrales, delegaciones regionales, gerencias de Tramo y conexo industrial.
D) En materia de difusión.
- Aplicar y difundir en el organismo las disposiciones que en materia de tecnología Informática dicten las autoridades competentes.
- Establecer y verificar el funcionamiento de los comités locales de informática, que en su caso, se establezcan en las delegaciones regionales, gerencias de tramo y
Conexo industrial.
- Difundir entre los interesados el programa de desarrollo informático, que impulse la formación de recursos humanos y el desarrollo de la cultura informática.
E) En materia de informes.
- Conocer el informe semestral de la conclusión de los asuntos presentados por el Secretario ejecutivo del comité y analizar la gestión, y en su caso, proponer las medidas que estime necesarias.
F) En materia de vigilancia y control.
- Supervisar el programa de desarrollo informático y de telecomunicaciones, autorizado en el organismo.
VIII. Lineamientos de Operación.
A) Sesiones ordinarias
- Los comités sesionarán en forma ordinaria por lo menos una vez en forma trimestral salvo que no existan asuntos a tratar, en cuyo caso deberá darse aviso oportunamente a los miembros del comité, cuando menos con 24 horas de anticipación a la que se tenía prevista para su celebración.
- Las sesiones se llevarán a cabo cuando asistan como mínimo la mitad más uno de los titulares con derecho a voto y las decisiones se tomaran por mayoría de votos, debiendo indicarse en el acta de la reunión quienes emiten el voto y el sentido de este, excepto en los casos en que la decisión sea unánime; en caso de empate quién presida tendrá voto de calidad para tomar la determinación correspondiente.
- Para la celebración de las sesiones ordinarias el secretario ejecutivo remitirá cuando menos con dos días hábiles de anticipación a los miembros del comité, el orden del día respectivo y la documentación de sustento de los casos a deliberar.
- En ausencia del presidente del comité o de su suplente las reuniones no podrán llevarse a cabo.
- Después de cada sesión se levantará un acta en donde quede constancia de los acuerdos adoptados y de las opiniones a cada caso, la cual será firmada por todos Los que hubieran intervenido en ella, misma que se aprobará a más tardar en la reunión ordinaria inmediata posterior.
- Invariablemente deberá incluirse en el orden del día, un apartado correspondiente al seguimiento de acuerdos emitidos en las reuniones anteriores. En el punto correspondiente a asuntos generales solo podrán incluirse asuntos de carácter informativo.
- Únicamente se trataran los temas contenidos en el orden del día.
- Todos los vocales participantes en las reuniones tendrán voz y voto, excepto los asesores, con derecho a voz, invitados especiales y el secretario técnico, que no tendrá voto.
- Los acuerdos se tomarán por mayoría de votos presentes y, en caso de empate, decidirá con su voto de calidad el presidente del comité.
- Los asuntos a tratar se remitirán al secretario ejecutivo del comité, cuando menos con cinco días hábiles de anticipación a la celebración de la sesión ordinaria.
B) Sesiones extraordinarias
- Solo en casos debidamente justificados ya través de convocatoria emitida por el Presidente del comité, se podrán realizar reuniones extraordinarias.
- Serán convocadas por el secretario ejecutivo, a solicitud de los miembros propietarios del comité, previa autorización del presidente, a fin de atender aquellos asuntos que por trascendencia así lo requieran.
- El desarrollo de este tipo de sesiones se hará en la forma establecida para las Ordinarias.
- Para la celebración de las sesiones extraordinarias el secretario ejecutivo remitirá cuando menos con un día hábil de anticipación a los miembros del comité, el orden del día respectivo y la documentación de sustento de los casos a deliberar.
IX. Terminología:
Para los efectos de este manual, se entenderá por:
Capufe: caminos y puentes federales de ingresos y servicios conexos.
Institución: Capufe
Capacitación Todo programa que involucre clases y enseñanza teórico-práctica en el conocimiento, aprovechamiento, desarrollo, uso, reparación, configuración, conexión y producción con equipos de cómputo, telecomunicaciones, hardware, software, accesorios y periféricos.
Comité: el comité de informática de caminos y puentes federales de Ingresos y servicios conexos (capufe)
Invitados: los servidores públicos de capufe o de otras dependencias y entidades de la administración pública federal, así como los representantes de instituciones académicas, de usuarios de equipo y tecnología informática, o bien de personas o asociaciones de reconocido prestigio en la materia que invite el comité a participar en las sesiones en que se estime pertinente su participación para tratar asuntos específicos.
Proyectos: todo proyecto en el que se involucre la adquisición y/o utilización de equipo de cómputo y telecomunicaciones, así como los Programas de cómputo y que deban ser sometidos a la consideración del comité. Así como procesos de contratación de servicios externos, para definición de términos de referencia, dimensionamiento de proyectos, adquisición de equipos, capacitación, mantenimiento, instalación e implantación.
Tecnología informática: es un conjunto de herramientas que involucra la informática, las Comunicaciones, voz, datos e imagen con objeto de integrar la Información de manera estructurada y encaminada a soluciones Integrales.
Comunicaciones: toda emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, voz, sonidos o información de cualquier naturaleza que se efectúa a través de hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos u otros sistemas electromagnéticos.
Equipo (hardware): dispositivo físico que cumple una función mecánica o de interacción con elementos de software, equipo de cómputo, comunicación o con tecnología incorporada.
Informática: El tratamiento automatizado y racional de la información.
Paquetes de cómputo (software): Son herramientas desarrolladas en lenguajes de programación orientados a satisfacer a un universo de usuarios, con requerimientos de carácter técnico, administrativo, científico o comercial, entre otros.
Sistemas: conjunto de elementos con propiedades similares que interactúan, entre sí y persiguen un objetivo en común, son aplicaciones que permiten automatizar un proceso, recibir información, almacenarla, procesarla, estructurarla en una base de datos, presentarla y transmitirla.
Telefonía: Forma de comunicación que permiten a sus usuarios comunicarse entre sí por medio de la voz, utilizando para ello, teléfonos, Multilíneas, conmutadores, teléfonos celulares, entre otros, así como los elementos de conexión a través de redes telefónicas, redes amplias y redes metropolitanas compartidas con la utilización de equipos analógicos y digitales.
Ley: Regla obligatorio o necesaria.
Dirección de Administración y Finanzas
Subdirección de Informática
Calzada de los Reyes 24, Tetela del Monte,
Cuernavaca 062130 Morelos, México Tel. 01 (777) 329-2100
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