MANUAL ESPECÍFICO DE ORGANIZACIÓN DE LA GERENCIA DE TRAMO TEPIC-SAN BLAS, CHAPALILLA-COMPOSTELA

CONTENIDO


I PRESENTACIÓN

II ANTECEDENTES

III OBJETIVO GENERAL

IV MARCO JURÍDICO

V FACULTADES DE LOS GERENTES DE TRAMO

VI ESTRUCTURA ORGÁNICA GENERAL

VII ORGANIGRAMA GENERAL

VIII DESCRIPCIÓN DE ÁREAS

IX FUNCIONES DE APLICACIÓN GENERAL



Resumen del Documento:

Describe las funciones de cada una de las áreas que conforman la estructura orgánica funcional, desde el nivel del Delegado Regional hasta el de Superintendente dentro de la Gerencia de Tramo, que permite delimitar facultades, autoridad y responsabilidades de los titulares de cada una de ellas.

Vigencia a partir del mes de octubre de 2000 a la fecha.


I. PRESENTACIÓN

El presente Manual Específico de Organización 1999 de la Gerencia de Tramo Tepic-San Blas, Chapalilla-Compostela, es un documento técnico-administrativo de apoyo que concentra la estructura organizacional y funcional que integra esta unidad administrativa, la cual forma parte de una nueva modalidad dentro del esquema del organismo, que pretende que el desarrollo de las funciones operativas y administrativas que se realizan en el tramo carretero Chapalilla-Compostela, que comprende 35.500 km. de extensión, se efectúen localmente, lo que permitirá incrementar su eficiencia y productividad, asimismo, la operación del fideicomiso que administra la autopista Tepic-San Blas, que cuenta con una longitud de 20.500 Km.

El manual específico, que actualiza el de agosto de 1999, reglamenta, delimita y describe las funciones administrativas desde el nivel de la oficina de la gerencia hasta el de superintendencias, por otra parte está estructurado de manera tal que permite conocer los antecedentes, objetivos y el contexto legal que lo sustenta.


II. ANTECEDENTES

Las funciones relativas al ramo de las comunicaciones y los transportes tienen su origen en la Secretaría de Estado y del Despacho de Relaciones Exteriores, establecida el 8 de noviembre de 1821; debido a la reorganización de la administración pública dichas funciones fueron integradas entre varios organismos.

En 1857 se crea la Administración General de Caminos y Peajes, con el propósito de consolidar las acciones encaminadas a satisfacer las necesidades de comunicación en el ámbito nacional.

El proceso evolutivo de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos tiene su antecedente más remoto en la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas creada el 13 de noviembre de 1891, la cual tenía encomendadas funciones que actualmente desarrolla el Organismo.

Después de esa fecha, se suscitan una serie de cambios importantes; se suprimieron y adicionaron funciones a la Secretaría; sin embargo, el 31 de diciembre 1917 las funciones de obras públicas que habían sido delegadas a la Secretaría de Gobernación se restituyen a la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.

El 17 de Octubre de 1925 se crea la Comisión Nacional de Caminos con autonomía y patrimonio propio, con las atribuciones de construir, mejorar y conservar los caminos nacionales; sin embargo, en 1931 desaparece y con sus funciones se crea la Dirección Nacional de Caminos, dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Obras Públicas.

Para 1949 se crea la Compañía Constructora del Sur, S.A. de C.V., empresa de participación estatal, la cual después de haber realizado una serie de actividades importantes durante un largo periodo, cambia su denominación por la de Caminos Federales de Ingresos, S.A. de C.V., el 23 de agosto de 1956.

El 31 de julio de 1958 se publica en el Diario Oficial de la Federación, la creación mediante decreto presidencial del organismo público descentralizado Caminos Federales de Ingresos, con la misión de administrar los caminos y puentes, hacer los gastos de inversiones relativos a la conservación y operación, sobre la base de efectuar una inversión recuperable mediante el cobro de cuotas a los usuarios y reinvertir los resultados netos que se obtuvieran en la construcción de nuevos caminos y puentes con propósitos iguales.

El 3 de junio de 1959 se publica en el Diario Oficial de la Federación el decreto que establece al organismo público descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos, que deroga el ordenamiento y organismo anterior, modifica su objeto primordial al precisar la administración y conservación de todos los caminos y puentes federales de cuota que habían sido operados por otras entidades, con fondos propios de esta nueva institución, así como percibir las cuotas de los usuarios y los productos de la explotación de los servicios conexos a dichas vías de comunicación.

Derivado del incremento considerable de las obras a su cargo, el 29 de junio de 1963 se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que establece el organismo público descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, con el cual se le atribuyen nuevas funciones, entre las que destacan: la administración de los servicios de transbordadores, los puentes internacionales y establecer y administrar plantas elaboradoras de productos de pavimentación.

En 1969, con el fin de desconcentrar algunas actividades de caminos y puentes y hacer más funcionales las operaciones asignadas al Organismo, se establecen las dos primeras delegaciones de zona, con sedes en Tijuana, B.C., y Reynosa, Tamps.

Sin embargo, el 20 de agosto de 1979 se publica en el Diario Oficial de la Federación el decreto que crea un órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes denominado Servicio de Transbordadores, cuya finalidad fue la de simplificar la estructura orgánica de la Administración Pública Federal y así facilitar el establecimiento, administración y operación de las vías generales de comunicación.

En 1984, para atender el crecimiento de la infraestructura del Organismo y continuar con la simplificación de la administración paraestatal, se desconcentran funciones mediante la creación de cinco delegaciones de zona con sedes en Guadalajara, Jal. , Querétaro, Qro., Cuernavaca, Mor. , Puebla, Pue. , Coatzacoalcos, Ver., Veracruz, Ver.

Como resultado del programa global de modernización, Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos reestructura su organización y funcionamiento, queda oficializado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de agosto de 1985.

El 24 de noviembre de 1993 se autoriza, mediante decreto presidencial publicado en el Diario Oficial, la reestructuración de la organización y funcionamiento de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, misma que le permite una participación más activa en los proyectos de inversión para la construcción y explotación de las carreteras y puentes federales que se concesionen; asimismo, establece la integración de su patrimonio y redefine la formación de su Consejo de Administración como la máxima autoridad de la Entidad.

Con fecha 4 de noviembre del año de 1994, se publica en el Diario Oficial de la Federación el Estatuto Orgánico, ordenamiento mediante el cual se fundamentan las facultades de las unidades administrativas que conforman el organismo público descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, a través de las cuales se realizan las actividades en forma programada para el cumplimiento de los objetivos y prioridades de la planeación nacional.

De acuerdo con el Plan Nacional de Desarrollo 1995-2000, que establece la creación de mecanismos de interlocución gubernamental permanente y de concertación de acciones que lleve a cabo Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación del 14 de septiembre de 1995, se reforma la cláusula XI del artículo primero del decreto fechado el 24 de noviembre de 1993.

Con base en las facultades que le confiere el decreto que crea este Organismo y el Estatuto Orgánico, el Consejo de Administración autorizó en 1995, 1996 y 1997, mediante diversos acuerdos, el establecimiento de diversas áreas, con lo cual se reestructuran las funciones operativas, técnicas y administrativas, en especial, el proceso de modernización demandó la generación de nuevos esquemas de organización para cumplir cabalmente con los objetivos institucionales establecidos, destaca la incorporación de las Gerencias de Tramo México-Cuernavaca; Cuacnopalan-Tehuacán-Oaxaca; Arriaga-Huixtla; Guadalajara-Colima y Atlacomulco-Maravatío. Esta reestructuración orgánica fue autorizada a partir del 1°. de agosto de 1997 por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.

El 8 de Mayo de 1997, mediante acuerdo 148.5, del H. Consejo de Administración, se establece la Gerencia de Tramo Tepic San Blas, Chapalilla Compostela, como responsable de las funciones operativas y administrativas del tramo carretero Chapalilla-Compostela y de operar la red contratada Tepic San Blas.

El 1° de Septiembre de 1997, el ejecutivo federal emitió el decreto de rescate carretero, en donde se recuperan 23 concesiones otorgadas a particulares, entre las cuales incluyen tramos, libramientos y puentes, que se encontraban en crisis financiera, asignándole a Capufe su administración y operación, lo que incrementó la red a su cargo.

De acuerdo a lo anterior, la red de Capufe incrementó su presencia en 28 Entidades Federativas de la República, lo cual significó que se tuvieran que redefinir los esquemas de regionalización, otorgando a las delegaciones regionales y gerencias de tramo una mayor responsabilidad al adicionarles el control de más tramos carreteros y puentes; por su ubicación geográfica y al no ser posible la vinculación de algunos tramos carreteros, con las delegaciones regionales existentes, se determinó la creación de dos nuevas delegaciones regionales, ubicándose en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco y la Ciudad de Monterrey, Nuevo León.

A partir del 1° de febrero de 1999, la Secretaria de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo, autorizan la conformación de la Gerencia de Tramo IX Zona Occidente y la Gerencia de Tramo X Zona Norte.

En agosto de 1999, se llevaron a cabo cambios de denominación y adscripción de diversas unidades administrativas en las Direcciones de Operación, Técnica, Jurídica y Administración y Finanzas.

Con fecha 31 de diciembre de 1999, se publica en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Estatuto Orgánico, mediante el cual se fundamentan las facultades de las unidades administrativas que conforman el organismo público descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, acordes con la estructura orgánica autorizada en agosto de ese mismo año.


III. OBJETIVO GENERAL

Administrar y operar las plazas de cobro en los caminos y puentes federales a cargo del Organismo y ofrecer a los clientes condiciones de máxima seguridad, comodidad y eficiencia del servicio público; supervisar y controlar la ejecución de los programas institucionales establecidos para administrar los recursos técnicos, financieros, humanos y materiales asignados e impulsar la participación de particulares en la comercialización de los sistemas automáticos de peaje y de servicios, así como coadyuvar a la conservación, reconstrucción y mejoramiento de la red carretera, para dar cabal cumplimiento a los objetivos de desarrollo económico regional y del país.


IV. MARCO JURÍDICO
    a) NORMAS CONSTITUCIONALES

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O. 05/II/1917 y sus reformas.

    b) CONVENCIONES

  • Convenciones sobre Límites y Aguas Internacionales celebradas con los Estados Unidos de América y la República de Guatemala. D.O. 03/V/1983 y sus reformas.

    c) LEYES Y CÓDIGOS

  • Ley Federal del Trabajo. D.O. 18/V/1931 y sus reformas.

  • Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. D.O. 27/VIII/1932.

  • Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. D.O. 10/I/1936 y sus reformas.

  • Ley de Vías Generales de Comunicación. D.O. 19/II/1940 y sus reformas.

  • Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del apartado B del artículo 123 Constitucional. D.O. 28/XII/1963 y sus reformas.

  • Ley Agraria. D.O. 26/II/1992.

  • Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. D.O. 25/l/1992.

  • Ley General de Población. D. O. 07/l/1974 y sus reformas.

  • Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. D.O. 31/XII/1975 y sus reformas.

  • Ley General de Asentamientos Humanos. D.O. 21/VII/1993.

  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. D.O. 29/XII/1976 y sus reformas.

  • Ley General de Deuda Pública. D.O. 31/XII/1976 y sus reformas.

  • Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público. D.O. 31/XII/1976 y sus reformas.

  • Ley de Coordinación Fiscal. D.O. 27/XII/1978 y sus reformas.

  • Ley del Impuesto al Valor Agregado. D.O. 29/XII/1978 y sus reformas.

  • Ley de Información Estadística y Geográfica. D.O. 30/XII/1980 y sus reformas.

  • Ley del Impuesto Sobre la Renta. D.O. 30/XII/1980 y sus reformas.

  • Ley Federal de Derechos. D.O. 31/XII/1981 y sus reformas.

  • Ley General de Bienes Nacionales. D.O. 08/I/1982 y sus reformas.

  • Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. D.O. 31/XII/1982 y sus reformas.

  • Ley de Planeación. D.O. 05/I/1983.

  • Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. D.O. 27/XII/1983 y sus reformas.

  • Ley General de Salud. D.O. 07/II/1984 y sus reformas.

  • Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O. 14/VI/1986.

  • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. D.O. 28/I/1988.

  • Ley Federal de Competencia Económica. D.O. 2/VIII/1992.

  • Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. D.O. 22/XII/1993.

  • Ley de Adquisiciones y Obras Públicas. D.O. 30/XII/1993.

  • Código Civil para el D.F. en materia común y para toda la República en materia federal. D.O. 26/V/1928.

  • Código Fiscal de la Federación. D.O. 31/XII/1981.

  • Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal. D.O. 14/VIII/1931 y sus reformas.

  • Código Federal de Procedimientos Penales. D.O. 30/VIII/1934 y sus reformas.

  • Código Federal de Procedimientos Civiles. D.O. 24/II/1942 y sus reformas.

  • Ley de Ingresos de la Federación.

    c) DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS:

  • Decreto que Reestructura la Organización y Funcionamiento del Organismo Público Descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. D.O. 2/VIII/1985.

  • Decreto que reforma y adiciona el diverso por el que se reestructura la organización y funcionamiento del organismo público descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. D.O. 14/IX/1995

  • Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. D.O. 31/XII/1999.

  • Condiciones Generales de Trabajo de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. 27/X/1992.

  • Reglamento de Tránsito en Carreteras Federales. D.O. 10/VI/1975.

  • Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. D.O. 24/III/1980 y sus reformas.

  • Reglamento de la Comisión de Avalúos de Bienes Nacionales. D.O. 06/V/1981 y sus reformas.

  • Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. D.O. 18/XI/1981.

  • Reglamento de la Ley de Información Estadística y Geográfica. D.O. 03/XI/1982.

  • Reglamento del Código Fiscal de la Federación. D.O. 29/II/1984.

  • Reglamento Interior de la Comisión Intersecretarial del Servicio Civil. D.O. 19/VI/1984.

  • Reglamento de la Comisión Técnica Consultiva de Vías Generales de Comunicación. D.O. 03/VIII/1984.

  • Reglamento para el Transporte Multimodal Internacional. D.O. 07/VII/1989.

  • Reglamento del Autotransporte Federal de Carga. D.O. 07/VII/1989.

  • Reglamento para el Servicio de Maniobras en Zonas Federales Terrestres. D.O. 24/I/1990.

  • Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. D.O. 24/I/1990.

  • Reglamento para el Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares. D.O. 18/XI/1994.

  • Reglamento para el Aprovechamiento del Derecho de Vía de las Carreteras Federales y Zonas Aledañas. D.O. 05/II/1992.

  • Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

  • Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares. D.O. 22/XI/1994.

  • Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de autotransportes que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal. D.O. 26/I/1994.

  • Reglamento Interior de la S.C.T. / D.O. 21/VI/1995.


V. FACULTADES DE LOS GERENTES DE TRAMO
    Corresponde a los gerentes de tramo, en su ámbito jurisdiccional, las siguientes facultades:

  • Representar al Organismo en los asuntos de su competencia, en las Entidades Federativas de su adscripción.

  • Atender las disposiciones legales aplicables, así como los acuerdos del Director General, con la debida fundamentación y motivación legal.

  • Atender el eficaz y eficiente desempeño de las labores encomendadas a la Gerencia de Tramo a su cargo, así como intervenir en la elaboración de los programas operativos y de los proyectos de presupuesto correspondientes.

  • Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y administrativas aplicables en los asuntos de la gerencia, incluyendo los programas auxiliares.

  • Firmar y notificar las acciones de trámite, así como las resoluciones o disposiciones superiores y aquellas que se emitan con fundamento en las facultades que se les hayan atribuido.

  • Mantener informado al Director General, Directores, Coordinador de Delegaciones y demás unidades administrativas del Organismo, que así lo requieran, respecto de los asuntos que atienda la gerencia.

  • Acordar con el Director General y demás Superiores que corresponda, la resolución de los asuntos cuya tramitación se encuentre en la competencia de la gerencia a su cargo.

  • Recibir en acuerdo a los subgerentes y demás colaboradores de la gerencia según los asuntos que les correspondan y conceder audiencia al público que lo solicite.

  • Proporcionar, en atención con las políticas establecidas, los informes, datos y la cooperación técnica que le sean requeridas por las unidades administrativas del Organismo y por otras Instituciones Públicas y Privadas.

  • Atender en su caso, según proceda, las solicitudes del Sindicato Nacional de Trabajadores del Organismo presentadas directamente o a través de las autoridades superiores.


VI. ESTRUCTURA ORGÁNICA GENERAL

1. Gerencia de Tramo

1. 1. Superintendencia de Conservación

1. 2. Superintendencia de Maquinaria

1. 3. Superintendencia de Operación

1. 4. Administración General de Plaza de Cobro

1. 5. Superintendencia de Administración


VII. ORGANIGRAMA GENERAL


ESTRUCTURA ORGÁNICA





VIII. DESCRIPCIÓN DE ÁREAS

1. GERENCIA DE TRAMO

FUNCIONES

  • Contar con la representación del Organismo y mantener relaciones de coordinación con los representantes de los Gobiernos Federal, Estatales y Municipales e instituciones privadas y sociales.

  • Programar y evaluar el funcionamiento y gestión de las áreas a su cargo de acuerdo con las disposiciones técnicas, operativas y administrativas, así como la normatividad y legislación vigente a efecto de cumplir los objetivos establecidos.

  • Elaborar el programa operativo anual de corto y mediano plazo, el anteproyecto de inversión, gasto corriente y presentarlo, en coordinación con la Gerencia de Tramo IX Zona Occidente, a consideración de la Dirección General a través de la Dirección de Administración y Finanzas.

  • Atender la administración de recursos humanos, materiales y financieros asignados a la Gerencia de Tramo, de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas establecidas.

  • Realizar los registros contables y presupuestales derivados de las operaciones que realiza, con base en la normatividad emitida por la Dirección de Administración y Finanzas y de acuerdo a los Principios de Contabilidad Gubernamental generalmente aceptados, en el caso de los recursos propios.

  • Realizar los registros contables y presupuestales derivados de las operaciones realizadas en el marco de los contratos de prestaciones de servicios celebrados por el Organismo con personas físicas y morales para la operación, administración y conservación de caminos y puentes concesionados, conforme a la legislación aplicable y a las normas y principios de contabilidad generalmente aceptados.

  • Realizar las gestiones de cobranzas derivadas de la operación que realiza, ya sea de adeudos con origen en recursos propios o de terceros.

  • Ejecutar convenio de prestación de servicios, celebrado por el Organismo con los fideicomisos o la red contratada.

  • Participar y coordinar la realización de los concursos de adquisición de bienes y servicios y obra pública, y verificar que se lleven a cabo de acuerdo a la normatividad establecida.

  • Supervisar en el ámbito de su competencia, el cumplimiento de contratos que el Organismo celebre con proveedores de servicios y contratistas de obra.

  • Elaborar, ejecutar y supervisar los programas de conservación y mantenimiento de la infraestructura carretera y de puentes de la red propia, contratada y rescatada, bajo la jurisdicción de la Gerencia de Tramo.

  • Elaborar el programa de mantenimiento mensual y anual de vehículos, maquinaria y equipo para la construcción, reconstrucción y conservación de los caminos y puentes a cargo del Organismo o para la operación de los mismos.

  • Vigilar la adecuada conservación y eficiente aprovechamiento de los edificios e instalaciones físicas a cargo de la Gerencia de Tramo.

  • Coordinar y controlar la entrega-recepción de las obras públicas autorizadas, y verificar de acuerdo a la normatividad establecida la elaboración de actas.

  • Vigilar y controlar de acuerdo con las políticas establecidas el consumo y la adecuada utilización de combustibles y lubricantes, así como de la entrada y salida de refacciones del almacén para las reparaciones correspondientes.

  • Difundir y vigilar la observancia de la normatividad aplicable a la operación de plazas de cobro y servicios complementarios, así como aquella emitida por la Dirección de Operación relativa al área de su competencia.

  • Coordinar y supervisar a los proveedores de servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de los diferentes equipos de control de tránsito, con el objeto de que se proporcionen de conformidad con los contratos autorizados.

  • Atender el desahogo de las quejas y denuncias presentadas por los clientes de los servicios que proporciona el Organismo, para su solución.

  • Vigilar y controlar las necesidades y ejercicio de recursos financieros, humanos y materiales, que requieran los centros de trabajo de la Gerencia de Tramo de acuerdo con las disposiciones y lineamientos establecidos.

  • Supervisar el desarrollo de acciones tendientes al mejor control, guarda y conservación de los bienes y activos fijos que se encuentren en el almacén correspondiente.

  • Efectuar bajo las directrices establecidas por la Subdirección de Informática, el programa de desarrollo informático de la Gerencia de Tramo, a fin de garantizar el logro de los objetivos institucionales.

  • Supervisar y coordinar la aplicación de los programas auxiliares, de higiene, seguridad, capacitación, reforestación y protección del entorno ecológico necesario para el adecuado funcionamiento de la Gerencia de Tramo tomando en consideración los objetivos, planes y programas estratégicos del Organismo.

  • Coordinar y canalizar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en coordinación con la Gerencia de Tramo IX Zona Occidente, las solicitudes de acceso, cruzamientos, anuncios y demás ocupaciones del derecho de vía en las carreteras de cuota en el ámbito de su jurisdicción.

  • Integrar informes y proporcionar los dictámenes que le sean solicitados por el Director General, Contralor Interno, Coordinador de Delegaciones, Delegado Regional IX, o las áreas correspondientes, relacionadas con el desempeño de las áreas bajo su responsabilidad.

  • Supervisar el cumplimiento y ejecución de las actividades asignadas a cada una de las unidades administrativas que conforman la Gerencia de Tramo a su cargo, y aplicar la normatividad establecida.

  • Mantener relaciones con los representantes de los gobiernos federales, estatales y municipales, con entidades de la iniciativa privada, para promover la concertación de acciones sobre el uso de autopistas, puentes y servicios, así como la ejecución de la obra pública.

  • Atender las solicitudes que el Sindicato Nacional de Trabajadores de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos presente a la Gerencia de Tramo, directamente o a través de las autoridades superiores.

  • Realizar el proceso de aseguramiento de los bienes patrimoniales a cargo de la Gerencia de Tramo, así como las fianzas que se presenten a su favor o de terceros, en coordinación con la Dirección Jurídica.

  • Promover y participar en las sesiones de los comités consultivos y técnicos que se establezcan para la atención y seguimiento de acciones, e informar a la superioridad de las alternativas de solución que se tomen.

  • Vigilar que los recursos financieros se apliquen conforme a las disposiciones emitidas en la materia.

  • Vigilar que el registro y control contable y presupuestal de los recursos financieros se realice conforme a las disposiciones emitidas en la materia e informar a las dependencias normativas correspondientes.

    1.1. SUPERINTENDENCIA DE CONSERVACIÓN

    FUNCIONES:

  • Formular el anteproyecto anual de obra pública de las necesidades requeridas para el tramo carretero y someterlo a consideración.

  • Formular el programa anual de conservación del tramo por administración, conforme a los recursos humanos y materiales con que se cuente.

  • Proponer a la gerencia de tramo obras para conservar, reconstruir y mejorar los caminos y complementarias.

  • Llevar a cabo los proyectos de obra de emergencia de conservación de conformidad con los criterios técnicos establecidos.

  • Efectuar los estudios de conservación, reconstrucción y modificación de las obras a su cargo.

  • Cumplir adecuadamente los programas de conservación de caminos encomendados a la gerencia.

  • Supervisar, en coordinación con la superintendencia de maquinaria, que el equipo de conservación sea el adecuado y que éste se emplee con eficiencia.

  • Elaborar, en coordinación con la superintendencia de maquinaria, los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de la maquinaria y equipo a su cargo.

  • Vigilar que no existan invasiones al derecho de vía, en los caminos a su cargo y cuando ocurran, avisar en forma inmediata a la gerencia.

  • Revisar y mantener en buen estado, el señalamiento de las obras a su cargo, así como presentar el inventario anual actualizado.

  • Supervisar la realización y actualización del inventario de bancos de materiales de conservación.

  • Formular oportunamente los informes técnicos y administrativos que le soliciten las autoridades superiores.

  • Supervisar y dar el seguimiento adecuado a los contratos de obra pública y de los servicios relacionados con la misma que se establezcan para un tramo; así como informar a la gerencia de tramo en los términos establecidos en la normatividad vigente,

    1.2. SUPERINTENDENCIA DE MAQUINARIA

    FUNCIONES

  • Elaborar, en coordinación con la Superintendencia de Conservación, los programas de mantenimiento preventivo y correctivo de vehículos, equipo y maquinaria, para la conservación y mantenimiento de las autopistas y caminos asignados a la gerencia, vigilando su adecuada operación y uso, de conformidad con las normas y criterios establecidos por las oficinas centrales.

  • Elaborar el programa de adquisiciones y refacciones, accesorios y herramientas de los talleres, vehículos, equipo y maquinaria que se utilizan para el mantenimiento y conservación de las autopistas y caminos a cargo de la gerencia.

  • Realizar los estudios y análisis económicos de los costos de alternativa de compra o de arrendamientos de los vehículos, equipo y maquinaria que deban incorporarse a los centros de trabajo conforme a los requerimientos que en la materia hayan sido determinados.

  • Vigilar el cumplimiento de la normatividad establecida por oficinas centrales para el uso de vehículos, maquinaria y equipo para la conservación y mantenimiento de las autopistas y caminos.

  • Elaborar dictamen físico-mecánico que se requiera, para llevar a cabo la licitación de las unidades.

  • Verificar, en coordinación con la superintendencia de conservación, que el equipo de conservación sea el adecuado y que éste se emplee con eficiencia.

  • Solicitar a la subgerencia de administración, los recursos financieros para efectuar las compras directas de refacciones, reparaciones y servicios.

  • Llevar a cabo, con base en las normas establecidas al respecto, la tramitación que se requiera, para las compras directas que rebasen el monto autorizado.

  • Programar y controlar el abastecimiento oportuno de combustibles y lubricantes que remita la Superintendencia de Administración que requieran los vehículos, equipo y maquinaria asignados a la conservación y mantenimiento de las autopistas y caminos a cargo de la gerencia.

  • Efectuar el mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos, equipo y maquinaria asignados a la conservación y mantenimiento de las autopistas y caminos a cargo de la gerencia, a efecto de mantenerlos en condiciones de operación.

  • En su caso, verificar que el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo proporcionado a los vehículos para la conservación y mantenimiento de autopistas propiedad del Organismo, se realice de conformidad con lo establecido en los contratos suscritos con los prestadores de servicios.

  • Efectuar el inventario físico-mécanico y elaborar estadísticas de las incidencias y costos de reparación de los vehículos, equipo y maquinaria, a efecto de vigilar el rendimiento y costos de mantenimiento y operación de cada uno, determinando la reconstrucción o baja de las unidades que lo ameriten.

  • Elaborar en coordinación con la superintendencia de conservación, los datos estadísticos sobre rendimiento, eficiencia, producción y costos de operación de equipo.

  • Analizar y emitir dictamen técnico de los accidentes en que intervengan los vehículos, equipo y maquinaria adscritos a la gerencia.

  • Supervisar el adecuado funcionamiento de los talleres a cargo de la gerencia, así como los trabajos de reparaciones y servicios que se efectúen a los vehículos, equipo y maquinaria a través de talleres particulares.

  • En coordinación con la Subgerencia de Administración, realizar oportunamente los pagos correspondientes por concepto de plazas, tenencias, impuestos y demás aspectos fiscales de los vehículos para la conservación y mantenimiento de autopistas de la gerencia.

    1.3. SUPERINTENDENCIA DE OPERACIÓN

    OBJETIVO

    Atender y controlar los servicios que se proporcionan en las plazas de cobro bajo la jurisdicción de la gerencia de tramo, supervisando la correcta aplicación de los lineamientos establecidos, para asegurar la veracidad de la información relativa al aforo vehicular, captación de ingresos y servicios complementarios, así como la calidad, eficiencia y máxima seguridad de las autopistas y puentes.

    FUNCIONES

  • Vigilar y supervisar el correcto funcionamiento de las plazas de cobro, en relación con el aforo-ingresos-servicios.

  • Supervisar que el personal de las plazas de cobro, realicen las actividades de operación de acuerdo a los ordenamientos establecidos vigentes.

  • Supervisar el desarrollo del programa del mantenimiento de los equipos de aforo y determinar que se realice bajo los términos de los contratos establecidos, informando de las medidas tomadas sobre las desviaciones y fallas detectadas.

  • Verificar que los servicios complementarios se proporcionen a los clientes de los tramos carreteros, con calidad, eficiencia y seguridad.

  • Revisar y analizar el control de comprobantes de pago exentos y residentes, a efecto de asegurar el correcto manejo de los mismos.

  • Supervisar los operativos y estrategias para agilizar el tráfico vehicular en periodos vacacionales y de alto aforo, verificando que estos sean tendientes a incrementar la eficiencia de la operación del tramo carretero.

  • Integrar comparativos e informes estadísticos de aforo e ingreso y enviarlos con la periodicidad establecida por la gerencia de tramo.

  • Detectar y evaluar las deficiencias y desviaciones del aforo-ingreso, mediante la revisión de los registros y controles de la información operativa y estadística de las plazas de cobro, así como proponer alternativas de solución que coadyuven al mejoramiento de la captación de los ingresos.

  • Elaborar y someter para su autorización de la gerencia de tramo, el programa de supervisión de las plazas de cobro bajo la jurisdicción de la gerencia de tramo, e integrar los informes derivados de las supervisiones, especificando las observaciones, deficiencias y resultados, así como, las medidas correctivas pertinentes.

  • Supervisar el proceso de atención y trámite para el desahogo de quejas, denuncias y sugerencias presentadas por los clientes del tramo carretero, informando a la gerencia de tramo, de acuerdo a los lineamientos establecidos al respecto.

  • Supervisar el desarrollo de las acciones que se lleven a cabo, para la debida protección de las plazas de cobro en los casos de eventos políticos y sociales y de siniestros naturales.

  • Vigilar el cumplimiento de los horarios por parte de la compañía responsable de la recolección de ingresos.

  • Establecer los mecanismos de coordinación permanente con la Dirección de Operación.

  • Mantener estrecha coordinación con las compañías aseguradoras, para el desahogo de siniestros ocurridos en los tramos carreteros.

    1.4. ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PLAZA DE COBRO

    FUNCIONES

  • Conocer y aplicar la normatividad emitida, para la operación de las plazas de cobro.

  • Programar, coordinar y supervisar las actividades del personal a su cargo.

  • Supervisar el funcionamiento de las plazas de cobro, así como las condiciones físicas que se encuentran operando los tramos carreteros de su competencia.

  • Constatar diariamente, el estado físico y la limpieza general de las instalaciones de la plaza de cobro.

  • Supervisar y verificar la formulación de reportes de aforo e ingresos.

  • Realizar arqueos sorpresivos a los cobradores, así como llevar el récord de cada uno.

  • Verificar que los depósitos al banco, se realicen con base en los lineamientos establecidos.

  • Vigilar el uso correcto de los fondos operacional y de cambio asignados a la plaza de cobro y presentar oportunamente la documentación comprobatoria de los mismos.

  • Revisar que la documentación de la plaza de cobro, se elabore correctamente.

  • Comunicar a la subgerencia de operación y áreas involucradas, los desperfectos o alteraciones que requieran una atención inmediata.

  • Informar mensualmente a la subgerencia de operación, sobre el estado físico de las instalaciones, así como los avances y correcciones de anomalías.

  • Evaluar los daños ocasionados a los caminos y puentes, con base en los tabuladores vigentes o en su caso los proporcionados por la superintendencia de conservación, así mismo elaborar los reportes de accidente que se susciten en su jurisdicción.

  • Elaborar y mantener actualizado el archivo de reportes de accidentes con daños y sin daños, así como el control de pagos efectuados por la aseguradora.

  • Supervisar la realización de aforos visomanuales por fallas de equipo o situaciones extraordinarias.

  • Reportar mensualmente a la gerencia las quejas y sugerencias asentadas en el libro correspondiente, así como aquellas soluciones o tramites realizados.

  • Elaborar la prenómina quincenal y concentrar los recibos de nómina, así como del control de asistencia, del personal adscrito a la plaza de cobro.

    1.5. SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN

    FUNCIONES

  • Atender el proceso de reclutamiento selección y contratación de personal requerido por las áreas que conforman la gerencia de tramo y demás movimientos de personal con base en los lineamientos establecidos por la Dirección de Administración y Finanzas.

  • Elaborar quincenalmente la nómina del personal adscrito a la gerencia de tramo, considerando las incidencias y pagos extraordinarios.

  • Verificar el control de asistencia del personal adscrito a la gerencia de tramo, de acuerdo a las directrices establecidas por la Dirección de Administración y Finanzas.

  • Realizar la detección de necesidades de capacitación, a fin de incrementar la eficiencia operativa y administrativa de la gerencia de tramo.

  • Supervisar la ejecución del programa institucional de capacitación de la gerencia de tramo.

  • Vigilar que se mantenga actualizado el catálogo de puestos y el tabulador de sueldos de la gerencia de tramo de acuerdo a los lineamientos establecidos.

  • Otorgar las prestaciones económicas, sociales y culturales de acuerdo con las condiciones generales de trabajo en vigor y demás ordenamientos correspondientes.

  • Llevar a cabo negociaciones y acuerdos obrero-patronales con la sección sindical correspondiente.

  • Elaborar el Programa Anual de Adquisiciones de acuerdo al presupuesto autorizado a la gerencia de tramo.

  • Efectuar las compras y adquisiciones autorizadas en le seno del Comité local de Adquisiciones se realicen conforme a la normatividad de la materia.

  • Evaluar que los movimientos de entrada y salida de los artículos de consumo e instrumentales, se lleven a cabo conforme a las normas establecidas vigentes.

  • Vigilar que el uso y salvaguarda de los materiales, equipos y demás recursos asignados a la gerencia de tramo, se lleve a cabo de acuerdo a los lineamientos establecidos.

  • Controlar el uso y destino del combustible y lubricantes asignados a la gerencia, particularmente de los vehículos de transporte, de acuerdo con los criterios de racionalidad establecidos en el presupuesto de egresos.

  • Elaborar el anteproyecto de presupuesto anualizado por capítulo y por partida, con base en la normatividad vigente.

  • Verificar el ejercicio y operación de los recursos financieros asignados, así como que la comprobación de los mismos, se lleven a cabo de acuerdo a los lineamientos establecidos.

  • Analizar y controlar el registro de la información contable y presupuestal, así como proporcionar los informes que se requiera en tiempo y forma establecida por oficinas centrales.

  • Llevar el registro y control del mantenimiento tanto preventivo como correctivo del parque vehicular de transporte asignado a la gerencia, así como el combustible utilizado mediante el Sistema de Control del Parque Vehicular.

  • Elaborar el Programa de mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular de transporte de la gerencia, con excepción de los vehículos para la conservación y mantenimiento de autopistas y caminos.

  • Verificar que el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo proporcionado a los vehículos propiedad del Organismo, con excepción de los asignados a la conservación y mantenimiento de las autopistas, se realice de conformidad con lo establecido en los contratos suscritos con los prestadores de servicios.


    IX. FUNCIONES DE APLICACIÓN GENERAL

    1. GERENCIA DE TRAMO.

  • Someter a acuerdo con la Dirección General, con el Coordinador de Delegaciones, Delegado Regional IX o, en su caso, con los titulares de las unidades administrativas competentes el despacho de los asuntos relevantes que son responsabilidad del área a su cargo.

  • Formular e integrar las propuestas de programa y de presupuesto relativas a la unidad administrativa a su cargo y someterlas a la consideración de la Dirección General para su aprobación.

  • Proporcionar la información y la cooperación técnica que sea requerida en materia de su competencia, de acuerdo con los lineamientos, normas y políticas establecidas al respecto.

  • Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de las actividades encomendadas a la unidad administrativa a su cargo.

  • Proponer la contratación, adscripción y promoción del personal a su cargo; autorizar licencias según las necesidades del servicio e intervenir directamente o a través de un representante en los casos de sanciones, remoción y cese de personal, en los términos de las disposiciones legales aplicables y las Condiciones Generales de Trabajo.

    SUPERINTENDENCIAS.

  • Supervisar que el personal a su cargo cumpla con sus funciones sustantivas asignadas, así como con las disposiciones legales que regula el servicio público, como lo señala el Artículo 47, Fracciones XX y XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

  • Realizar la detección de necesidades de cursos de capacitación para los servidores públicos adscritos a su área, con el fin de fomentar e impulsar el desarrollo técnico y profesional de los mismos.

  • Participar en la instrumentación y desarrollo de estudios de organización y métodos, correspondientes a la unidad administrativa a su cargo.

  • Proporcionar la información y la cooperación técnica que sea requerida en materia de su competencia, de acuerdo con los lineamientos, normas y políticas establecidas al respecto.




    Coordinación de Delegaciones
    Gerencias de Tramo

    Calzada de los Reyes 24, Tetela del Monte,
    Cuernavaca 062130 Morelos, México
    Tel. 01 (777) 329-2100