RESPONSABLE | ACT. N° | DESCRIPCION | FORMA O DOCUMENTO |
Gerencia de Modernización Administrativa y Desarrollo Organizacional | 1 | (Viene del procedimiento para la revisión de información de las notificaciones sobre cambios de denominación y/o reubicación de plazas).
Analiza los movimientos (cambios de denominación y/o reubicación de plazas) según sea el contenido de la notificación, marcando en la hoja de trabajo, si se cumple o no el criterio. | Criterios de verificación de los cambios de denominación y/o reubicación de plazas, f-8. |
" | 2 | Verifica, según sea el caso:
- Cuando las Unidades Administrativas del Organismo notifiquen cambios de denominación de las áreas involucradas, que correspondan en nomenclatura, número, grupo y grado con las estructuras orgánicas, estructuras ocupacionales y/o relación de puestos homólogos de autorización específica, que por último hayan sido autorizadas y registradas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
- Que la denominación de las Unidades Administrativas a modificar corresponda a la nomenclatura de su último dictamen autorizado y registrado por la SHCP y SECODAM.
- Que las Unidades Administrativas sujetas a cambios de denominación no deben dar lugar a modificaciones en su área de adscripción, respetando la dependencia de mando originalmente autorizada.
- Que las notificaciones de cambios de denominación no impliquen modificación al Estatuto Orgánico.
- Que las notificaciones de los cambios de denominación realizados en las Unidades Administrativas del Organismo, deben representar sus niveles jerárquicos con literales en estructura orgánica y números romanos (Organograma).
- Que las notificaciones de cambios de denominación no deben alterar el nivel organizacional que originalmente tienen registrados.
- Que la nueva denominación solicitada debe corresponder a la actividad propia de la Unidad Administrativa de la cual depende.
- Que la notificación de los cambios de denominación deban informarse en forma bimestral, dentro de los 10 días hábiles siguientes al término de cada bimestre, para efectos de su registro organizacional.
- Cuando las Unidades Administrativas del Organismo notifiquen reubicación de plazas, en estructuras orgánicas, estructuras ocupacionales y/o relación de puestos homólogos de autorización específica, deben corresponder en denominación si es que cuentan con ella, número, grupo y grado con las últimas autorizadas y registradas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo.
- Que las Unidades Administrativas a reubicar deben coincidir en denominación con las autorizadas en su último registro.
- Que las áreas sujetas a reubicación deben moverse dentro de la misma Unidad Administrativa y/o entre diferentes unidades del Organismo, sin afectar la estructura orgánica básica.
- Que las notificaciones del áreas deben expresar sus niveles jerárquicos con números romanos y literales en estructura orgánica (organograma).
- Que las notificaciones de reubicación de plazas no deben alterar el nivel organizacional que actualmente tienen registrados.
- Que la notificación de los cambios de reubicación deban informarse en forma bimestral, dentro de los 10 días hábiles siguientes al término de cada bimestre, para efectos de su registro organizacional.
| Último dictamen de Estructura Orgánica u Ocupacional autorizada y dictaminada por SHCP y SECODAM.
Último dictamen autorizado de estructura orgánica y ocupacional y registrado por la SHCP y SECODAM. |
" | 3 | Determina la viabilidad del planteamiento o la improcedencia del mismo con base en el resultado obtenido del llenado de la hoja de trabajo y de las acciones de verificación de la información, una vez concluidas. | Criterios de verificación de los cambios de denominación y/o reubicación de plazas, f-8. |
" | 4 | ¿Procede información?
No.- Elabora oficio de improcedencia indicando que el resultado obtenido en el llenado de la hoja de trabajo no cumple con uno de los requisitos, adjuntando dicho formato y el de requisitos de información, debidamente firmados por el Director de Administración y Finanzas y envía al área solicitante. | Oficio de improcedencia, requisitos de información de los cambios de denominación y/o reubicación de plazas, f-2 y Criterios de verificación de los cambios de denominación y/o reubicación de plazas, f-8. |
" | 5 | Si.- Elabora oficio de procedencia, indicando el cumplimiento en fondo y forma con todos los criterios de verificación y notifica al área solicitante. | Oficio de procedencia, Criterios de verificación de los cambios de denominación y/o reubicación de plazas, f-8.
Información soporte: Organograma de notificación de cambio de denominación, f-3 y f-3 bis; notificación de cambio de denominación de puestos (HAE), f-4 ó f-4a; organograma de reubicación dentro de la misma unidad administrativa, f-5 y f-5 bis; notificación de reubicación de plazas dentro de la misma unidad administrativa de puestos (HAE), f-6; notificación de reubicación de plazas dentro o entre diferentes unidades administrativas del Organismo, f-7 y requisitos de información de los cambios de denominación y/o reubicación de plazas, f-2. |
" | 6 | Elabora dictamen técnico y proyecto de oficio de autorización y recaba firma del Director de Administración y Finanzas. | Oficio de autorización, dictamen técnico e información soporte. |
" | 7 | Procede al trámite y envío de la información a las Unidades Administrativas solicitantes del Organismo. | Oficio de notificación de la resolución, dictamen técnico e información soporte. |
Unidades Administrativas del Organismo | 8 | Recibe notificación de la resolución, toma conocimiento y archiva. | Oficio de notificación de la resolución, dictamen técnico e información soporte. |
Gerencia de Modernización Administrativa y Desarrollo Organizacional | 9 | Elabora oficio de notificación de los movimientos registrados de las Unidades Administrativas del Organismo, así como, oficio de solicitud de autorización para el caso de los movimientos de la Dirección de Administración y Finanzas y envía a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su revisión y registro y autorización respectivamente, adjuntando la documentación que avala los cambios realizados. | Oficio de notificación a la SHCP, Dictamen técnico y anexos, así como los motivos de autorización. |
" | 10 | Descarga la hoja de turnado en el Control de Asuntos Recibidos, anotando la resolución del dictamen, la fecha y número de oficio de la resolución.
FIN DEL PROCEDIMIENTO | Control de Asuntos Recibidos, f-1. |