NORMATIVIDAD PARA EL SERVICIO DE RADIO COMUNICACIÓN
DESCRIPCIÓN
Disposición que responde a la demanda
permanente de actualizar y estandarizar
Se
modifica el termino “operadores de radio” por “operadores de los Centros de
Atención a Usuarios”, de igual forma se modifica el termino “Delegaciones” por
“Delegaciones Regionales”, asimismo, se hicieron adecuaciones emitidas por
parte del OIC y por el Área Jurídica en diversos apartados.
Vigente a
partir del 13 de diciembre de
Sustituye a:
Normatividad
para el Servicio de Radio emitida el 12 de abril de 2004.
Desea continuar en:
Autorización y Hoja de Identificación, Registro y
Validación