RESPONSABLE | ACT. N° | DESCRIPCION | FORMA O DOCUMENTO |
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial o cualquier otra área del Organismo | 1 | Identifica los bienes susceptibles de destrucción.
Nota: los bienes son susceptibles de destrucción cuando:
- Por su naturaleza y estado físico en que se encuentren los bienes peligre o se altere la salubridad, seguridad o el medio ambiente, o bien exista disposición jurídica al respecto.
- Habiéndose agotado todas las instancias para la enajenación o donación y no existiere persona interesada en adquirirlos.
| Oficio |
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial | 2 | Formula invitaciones mediante oficio al Órgano de Control Interno a efecto de que verifique el estado físico en que se encuentran los bienes y al área que por sus funciones tenga relación con lo mismos, para que dictamine el motivo de la baja y destrucción de referencia. | Oficio |
Órgano de Control Interno y Área relacionada con los bienes | 3 | Reciben invitación en la que se indica el lugar, día y hora fijados para dictaminar la baja y destino final de los bienes. | Oficio |
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial y Órgano de Control Interno | 4 | Elaboran en reunión el dictamen técnico en el que se dictamina la baja y destino final de los bienes, así como su estado físico y se formaliza con las firmas de los que intervienen. | Dictamen Técnico |
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial o cualquier otra área del Organismo | 5 | Elabora relación de los bienes y mediante oficio solicita al Comité o Subcomité de bienes Muebles e Inmuebles la baja para destrucción de los mismos. | Relación y Oficio |
Comité o Subcomité de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles. | 6 | Recibe, analiza y en su caso autoriza la baja de los bienes mediante el procedimiento de destrucción y comunica | Oficio de Autorización |
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial | 7 | Reciben la autorización. | - |
" | 8 | Elaboran invitación al Órgano de Control Interno para que participe en la destrucción de los bienes, indicando fecha y hora en que se llevará a efecto dicha destrucción. | Invitación |
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial y Órgano de Control Interno | 9 | Efectúan la destrucción de bienes levantando acta circunstanciada donde se hace constar el hecho, formalizándola con las firmas de los que intervinieron en el acto de destrucción. | Acta Circunstanciada |
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial | 10 | Abre expediente y archiva, informando trimestral al Órgano de Control Interno y al Comité o Subcomité de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles. | Expediente y Oficio |
" | 11 | Captura en el módulo de almacenes e inventarios (SAI) en su caso, los movimientos de los bienes dados de baja, actualizándose automáticamente el inventario.
Termina el Procedimiento | - |