MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ALMACENES E INVENTARlOS (SAI)


BAJA DE BIENES POR DESTRUCCIÓN.

OBJETIVO

Asegurar de manera uniforme las acciones a seguir para llevar a cabo la baja de bienes por destrucción, de aquellos que no sean utilizados por las áreas del Organismo para el desarrollo de las funciones, en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes.


PROCEDIMIENTO

RESPONSABLE ACT. N° DESCRIPCION FORMA O DOCUMENTO
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial o cualquier otra área del Organismo 1 Identifica los bienes susceptibles de destrucción.

Nota: los bienes son susceptibles de destrucción cuando:
  1. Por su naturaleza y estado físico en que se encuentren los bienes peligre o se altere la salubridad, seguridad o el medio ambiente, o bien exista disposición jurídica al respecto.
  2. Habiéndose agotado todas las instancias para la enajenación o donación y no existiere persona interesada en adquirirlos.
Oficio
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial 2 Formula invitaciones mediante oficio al Órgano de Control Interno a efecto de que verifique el estado físico en que se encuentran los bienes y al área que por sus funciones tenga relación con lo mismos, para que dictamine el motivo de la baja y destrucción de referencia. Oficio
Órgano de Control Interno y Área relacionada con los bienes 3 Reciben invitación en la que se indica el lugar, día y hora fijados para dictaminar la baja y destino final de los bienes. Oficio
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial y Órgano de Control Interno 4 Elaboran en reunión el dictamen técnico en el que se dictamina la baja y destino final de los bienes, así como su estado físico y se formaliza con las firmas de los que intervienen. Dictamen Técnico
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial o cualquier otra área del Organismo 5 Elabora relación de los bienes y mediante oficio solicita al Comité o Subcomité de bienes Muebles e Inmuebles la baja para destrucción de los mismos. Relación y Oficio
Comité o Subcomité de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles. 6 Recibe, analiza y en su caso autoriza la baja de los bienes mediante el procedimiento de destrucción y comunica Oficio de Autorización
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial 7 Reciben la autorización. -
" 8 Elaboran invitación al Órgano de Control Interno para que participe en la destrucción de los bienes, indicando fecha y hora en que se llevará a efecto dicha destrucción. Invitación
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial y Órgano de Control Interno 9 Efectúan la destrucción de bienes levantando acta circunstanciada donde se hace constar el hecho, formalizándola con las firmas de los que intervinieron en el acto de destrucción. Acta Circunstanciada
Departamento de Almacenes e Inventarios, Subdelegación y Subgerencia de Administración y Conexo Industrial 10 Abre expediente y archiva, informando trimestral al Órgano de Control Interno y al Comité o Subcomité de Enajenación de Bienes Muebles e Inmuebles. Expediente y Oficio
" 11 Captura en el módulo de almacenes e inventarios (SAI) en su caso, los movimientos de los bienes dados de baja, actualizándose automáticamente el inventario.

Termina el Procedimiento
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DIAGRAMA DEL PROCEDIMIENTO





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