NORMA CAPUFE 002- I -SJ -1996 DE PROCEDIMIENTOS CON ASIGNACIÓN DE RESPONSABILIDADES EN MATERIA DE SEGUROS SOBRE BIENES PATRIMONIALES
CONTENIDO
PRESENTACION
MARCO JURÍDICO
1 PROCEDIMIENTOS GENERALES
2 PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS
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Resumen del Documento:
Procedimientos administrativos para trámites de cobertura, cancelación y modificaciones, así como reclamación de siniestros en vehículos, equipos, maquinaria de propiedad o bajo el cuidado del Organismo, daños por fenómenos naturales y sociales, accidentes, responsabilidad civil y robo.
Fin de la vigencia .
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PRESENTACIÓN
De acuerdo con lo establecido por el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la adquisición y prestación de servicios de cualquier naturaleza que .
realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se deben adjudicar a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Por su parte, la. Ley de Adquisiciones y Obras Públicas establece que entre las adquisiciones, arrendamientos y servicios regulados por la misma, quedan comprendidos los seguros y la responsabilidad de las dependencias y entidades de mantener adecuada y satisfactoriamente asegurados los bienes con que cuenten.
Adicionalmente, el día 3 de mayo de 1994 entraron en vigor los lineamientos para la contratación de Seguros sobre Bienes Patrimoniales a cargo de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, que consideran la necesidad de que los bienes patrimoniales estén debidamente asegurados, y de lograr una mayor eficiencia en la programación y contratación de seguros, a fin de proteger adecuadamente los mencionados bienes, al más bajo costo posible.
En estos lineamientos se establece que el Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de las dependencias y entidades, designará un responsable interno de seguros, y
que corresponderá. a tal servidor público entre otras funciones elaborar el manual de procedimientos con asignación de responsabilidades.
En cumplimiento a las disposiciones transcritas se emite el presente Manual de Procedimientos con Asignación de Responsabilidades, que tiene por objeto señalar a los servidores públicos responsables de mantener el aseguramiento de los bienes patrimoniales del Organismo y de proceder al cobro de los seguros, así como los procedimientos generales y específicos a seguirse en cada caso.
MARCO JURÍDICO
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
- Ley de Adquisiciones y Obras Públicas
- Ley sobre el Contrato de Seguro
- Lineamientos para la Contratación de Seguros sobre Bienes Patrimoniales a cargo de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.
- Norma CAPUFE 002 -1- SJ -1996 de Procedimientos con Asignación de Responsabilidades en Materia de Seguros sobre Bienes Patrimoniales.
1. PROCEDIMIENTOS GENERALES: I
A continuación se señalan los procedimientos administrativos de aplicación general en todo trámite de coberturas, altas, bajas, cancelaciones y principalmente, en caso de pérdidas o daños, su observancia será de carácter obligatorio para todo el Organismo.
1.1. COBERTURA, CANCELACIÓN y MODIFICACIONES:
1.1.1. Para dar cobertura inmediata a los bienes que sean revaluados o que no se encuentren asegurados, deberán reportarlos al Responsable Interno de Seguros del Organismo antes de las 24 horas siguientes a la reevaluación, adquisición o conocimiento de que no se encuentran 'asegurados, proporcionando toda la información posible en cuanto a características de los bienes, ubicación, valor y clase de cobertura solicitada; al día hábil siguiente, se deberá confirmar por escrito. Este mismo procedimiento se utilizará para ampliar o cancelar las coberturas existentes.
Corresponderá a la Subdirección de Recursos Humanos y Materiales por conducto del Departamento de Transportes y Talleres, mantener actualizado ante la Gerencia de Registro Patrimonial, el parque vehicular del Organismo e informarle de inmediato de las altas y bajas que se produzcan, así como remitir las pólizas de vehículos a los resguardatarios de cada unidad.
1.1.2. El Responsable Interno de Seguros confirmará, dentro de las 24 horas siguientes, la cobertura y las principales condiciones.
1.1.3. El Responsable Interno de Seguros será el encargado de tramitar las coberturas o cancelaciones necesarias.
1.1.4. Tanto en las Delegaciones Regionales como en el Área Central, se programarán reuniones mensuales en su caso y con la Aseguradora, para revisar la relación de asuntos pendientes procediendo a su registro y control en los sistemas que para el efecto .se establezcan por el Responsable Interno de Seguros en el Área Central y por el Jefe de la Unidad Jurídica en las Delegaciones Regionales.
Por parte del Organismo, en las reuniones del Área Central deberán participar la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales, la Gerencia Registro Patrimonial, el Departamento de Patrimonio Inmobiliario y Procedimientos Legales, el Responsable Interno de Seguros y el Asesor Externo de Seguros. En las reuniones de las '. Delegaciones Regionales deberán participar el Subdelegado de Administración y el Jefe de la Unidad Jurídica.
1.1.5. Los resguardatarios de cada vehículo serán responsables de verificar que la unidad a su cargo, cuente con su póliza de seguro vigente, y en su defecto de informar de inmediato la carencia al Departamento de Transportes y Talleres.
1.2. RECLAMACIONES:
1.2.1. En caso de cualquier siniestro, se deberán observar por parte de los resguardatarios de los bienes, o en su defecto por parte de la Subdelegación de Administración en las Delegaciones Regionales o por la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales en el Área Central, según corresponda, todas las medidas preventivas para evitar que los daños sean mayores y salvaguardar los bienes que no hayan sido afectados, como solicitar auxilio médico, de bomberos, .de seguridad pública, etc.
1.2.2. Se dará aviso a la autoridad local (en el lugar del siniestro), procediendo a levantar el acta correspondiente, dando lugar en su caso a los trámites judiciales necesarios. Asimismo se dará aviso en forma, inmediata al área jurídica y de contraloría si el siniestro afectó el patrimonio del Organismo, para la práctica de las diligencias jurídicas administrativas que correspondan.
1.2.3. Por ningún motivo se deberá hacer arreglo personal alguno con terceros involucrados; esta labor será del ajustador de la Aseguradora. Es conveniente aclarar que ningún gasto en que se incurra por arreglos personales, será reconocido por éstas.
1.2.4. En caso de algún siniestro que involucre el patrimonio del Organismo, dentro de las 24 horas hábiles siguientes al accidente, se dará aviso a la Aseguradora y al día siguiente confirmar por escrito, con copia para el Responsable Interno de Seguros y la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales o Subdelegado de Administración, según el caso, dando los mayores detalles posibles de los hechos.
1.2.5. En las Delegaciones Regionales la Subdelegación de Administración y en el Área Central la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales, procederán a estimar el monto del daño o pérdida, ya sea que cuenten con los elementos para hacerlo o acudan a presupuestos o cotizaciones de proveedores, para presentar a la Aseguradora una reclamación que dé la pauta para el tipo de ajuste a realizar.
1.2.6. La Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales en el Área Central y la Subdelegación de Administración en las Delegaciones Regionales, por conducto del responsable Interno de Seguros y el Asesor Externo de Seguros, o del Jefe de la Unidad Jurídica de la Delegación, según el caso, una vez conocido el monto del daño y si resulta de un riesgo cubierto, tramitarán ante la Aseguradora la indemnización correspondiente y en su caso anticipos de indemnización, en la vía y forma que correspondan, vigilando que se cumpla con los términos y condiciones de cada póliza.
1.3. VEHÍCULOS DEL ORGANISMO.
1.3.1. En caso de siniestro, el Usuario deberá reportarlo de inmediato a la Aseguradora, utilizando al efecto el directorio de ajustadores y oficinas de servicio que invariablemente deberán traer en el vehículo con la tarjeta de identificación de la Aseguradora. Asimismo se dará aviso al área administrativa de adscripción de la unidad, y se levantará el acta administrativa correspondiente.
1.3.2. En las Delegaciones Regionales, el área administrativa de adscripción de las unidades, antes de 24 horas notificará del siniestro por vía telefónica y por escrito a la Subdelegación de Administración. En el Área Central, el área usuaria notificará en los mismos términos a la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales. Lo anterior a efecto de dar seguimiento a los trámites respectivos ante el Responsable Interno de Seguros en el Área Central o el Jefe de la Unidad Jurídica en las Delegaciones Regionales, según el caso.
1.3.3. En caso de siniestro, el usuario por ningún motivo tratará de llegar a arreglos personales con el causante o agraviado en el accidente.
1.3.4. Cuando a causa de un siniestro un vehículo oficial sea detenido por las .autoridades, se procederá por parte del área jurídica del Organismo a liberar de inmediato la unidad, liquidando las multas a que se haya hecho acreedor.
1.3.5. Cuando por razones de siniestro el vehículo se encuentre en condiciones que no pueda ser reparado, o bien que el daño sea mayor al 50% de su valor comercial, será considerado a juicio de la Aseguradora como pérdida total, en cuyo caso ésta lo notificará a la persona designada por el Organismo para realizar las gestiones correspondientes.
Para lograr el pago oportuno de la pérdida, deberán entregarse a la Aseguradora los siguientes documentos:
a) Factura original endosada a favor de la Aseguradora.
b) Tarjetón del Registro Federal de Vehículos, en su caso.
C) Recibos de pago de tenencia, por lo menos de los últimos cinco años.
d) Copia del aviso de baja del vehículo accidentado, presentado ante las autoridades de tránsito. (Este trámite puede hacerlo la Aseguradora en cuyo caso descontará de la indemnización el costo resultante).
e) Original y copia de la orden de liberación de la unidad, en su caso.
1.3.6. En caso de robo, el usuario de la unidad deberá presentarse ante el Ministerio Público Federal que corresponda y ante la Policía Federal de Caminos y Puertos, a levantar las acta respectivas, en el momento en el que se entere de la desaparición del vehículo. Asimismo comunicará de inmediato al área administrativa de adscripción de la unidad.
1.3.7. Para la indemnización por robo de un vehículo, se deberá entregar toda la documentación relacionada en el punto 1.3.5 además de la copia certificada del acta levantada ante el Ministerio Público y la copia del acta levantada ante la Policía Federal de Caminos y Puertos, así como las llaves del vehículo.
1.3.8. En los casos de robo o pérdida total, una vez recibida la indemnización correspondiente por parte de la Aseguradora, se deberá informar al Responsable Interno de Seguros a fin de solicitar la devolución que corresponda de primas no devengadas.
1.4. EQUIPO ELECTRÓNICO, EQUIPO DE CONTRATISTAS, ROTURA DE MAQUINARIA y CALDERAS y RECIPIENTES SUJETOS A PRESIÓN:
1.4.1. En caso de un accidente en equipo electrónico, equipo de contratistas, rotura de maquinaria y calderas o equipos que usualmente trabajen a presión o a vados, el encargado del mismo deberá reportar inmediatamente a la Aseguradora, ya sea por vía telefónica, telegrama o telex, indicando nombre del asegurado, pó1iza afectada, tipo de siniestro, ubicación y fecha de ocurrencia, importe estimado y persona responsable de aportar información y teléfono, con el fin de que la Aseguradora envíe en forma inmediata a un ajustador para que recabe la información del accidente, incluyendo de ser posible un testimonio fotográfico. De igual forma informar al Área de Siniestros del Asesor Externo de Seguros del Organismo.
1.4.2. El encargado del equipo deberá confirmar a la Aseguradora por escrito, e informar a la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales o Subdelegación de Administración, según el caso, así como al Responsable Interno de Seguros, el accidente ocurrido, de preferencia el primer día hábil inmediato al día del accidente.
1.4.3. Dependiendo de las instrucciones que dé el ajustador, es necesario solicitar del proveedor o casa especializada en este tipo de equipos, un presupuesto de reparación, considerando refacciones y mano de obra, así como solicitar de la misma fuente, cotización de un equipo nuevo de las mismas características y capacidad o similar.
1.4.4. Presentar al ajustador, si lo solicita, la bitácora de mantenimiento del equipo dañado.
1.4.5. Presentar carta-reclamación a la Aseguradora, con copia para la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales o Subdelegación de Administración, según el caso y para el Responsable Interno de Seguros, proporcionando la documentación y datos siguientes:
1. Carta de formal reclamación, dirigida a la Aseguradora, indicando la causa, el importe reclamado y los conceptos que integran la misma.
2. Copia de la póliza afectada.
3. Copia del Acta Administrativa o Reporte Interno, en el cual se detalle la forma en que se presentaron los daños.
4. Reporte técnico sobre el origen del daño y sus consecuencias.
5. Presupuesto de reparación de los daños emitido por la empresa legalmente establecida o profesional calificado y en su oportunidad las facturas correspondientes.
6. Copia de la bitácora de mantenimiento y operación del equipo afectado (excepto montaje).
7. Si el equipo afectado es decretado como pérdida total, original de la factura de adquisición que ampare la legal propiedad.
CONSIDERACIONES ESPECIALES.
Si el siniestro hubiese sido ocasionado por un tercero, debe presentarse por escrito formal reclamación al mismo, aportando a la Aseguradora copia firmada de recibido de dicha reclamación y original de la respuesta, si la hubiese. En caso de necesidad presentar demanda legal.
En caso de robo, además de lo anterior se procederá a levantar acta ante la Agencia del Ministerio Público que corresponda a la ubicación del asegurado, y en la carta reclamación incluir copia certificada del acta.
1.5. DINERO EN EFECTIVO Y/O V ALORES:
1.5.1. La pérdida o robo de dinero en efectivo o valores en perjuicio del Organismo constituye un delito del orden federal y se deberá dar parte en forma inmediata al Ministerio Público Federal correspondiente o en caso de comunidades en donde no exista éste, a la autoridad del orden común en previsión y sin menoscabo de lo anterior.
1.5.2. Se deberá notificar el hecho en forma inmediata a la Subdelegación de Administración de las Delegaciones Regionales o a la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales según el caso, y al Responsable Interno de Seguros, así como al área de Contraloría que corresponda, a más tardar al día siguiente del parte.
Simultáneamente a la denuncia, informar telefónicamente a la Aseguradora indicando nombre del asegurado, póliza afectada, tipo de siniestro (robo o asalto), ubicación y fecha de ocurrencia, importe estimado y persona responsable de aportar la información y teléfono.
De igual forma informar al Área de Siniestros del Asesor Externo de Seguros del Organismo.
1.5.3. Se presentará reclamación definitiva a la Aseguradora directamente, cuantificando la pérdida y adjuntando los documentos y datos comprobatorios siguientes:
1. Carta de formal reclamación dirigida a la Aseguradora, indicando la causa, ubicación afectada, importe reclamado y los conceptos que integran la pérdida.
2. Copia de la póliza afectada.
3. Copia certificada del Acta de Averiguación Previa, conteniendo el resultado de la inspección ocular.
4. Copia del Acta Administrativa elaborada con motivo del siniestro.
5. Documentación contable de apoyo correspondiente a los conceptos afectados, como puede ser:
a) NOMINAS:
- Copia completa de la nómina afectada.
- Copia de los comprobantes del retiro del efectivo.
- Cheque Póliza correspondiente.
- Copia fotostática del cheque cobrado (ambos lados) proporcionada por el Banco.
- Estado de Cuenta bancario cortado al día del siniestro.
- Copia de los pagos efectuados antes del siniestro.
- Copia del arqueo practicado después del siniestro.
- Si se cuenta con servicio especializado de entrega copia del comprobante de servicio.
- Copia de dos nóminas anteriores inmediatas. ¡
b) EFECTIVO DE VENTAS
- Comprobantes de las ventas del día afectado (notas de mostrador, facturas, tiras de auditoria, etc.)
- Arqueo posterior al siniestro.
- Comprobantes de ventas de 5 días anteriores al siniestro.
- Estado de Cuenta bancario cortado a la fecha del siniestro y comprobantes de depósitos de 5 días anteriores al siniestro.
c) EFECTIVO DE CAJA CHICA:
- Copia del comprobante de la última reposición.
- Copia de los vales pendientes de comprobación.
- Copia de comprobantes definitivos.
- Arqueo posterior al siniestro.
- Copia del comprobante de reposición posterior al siniestro.
- Copia de 2 reposiciones anteriores al siniestro con sus comprobantes.
d) DINERO EN PODER DE MENSAJEROS:
- Reunir la información según el concepto afectado.
- Si es cobrador, copia de los comprobantes la cobranza y controles de entrega desde 5 días anteriores al siniestro.
- Copia del comprobante de relación laboral (credencial, alta del IMSS, último recibo de pago, etc.)
- Comprobante de la entrega del efectivo.
CONSIDERACIONES ESPECIALES.
Es recomendable no mover nada después de ocurrido el siniestro en tanto no realicen las autoridades y los representantes de la Aseguradora la inspección ocular, sin embargo en caso de rotura de cristales que den a la calle ó zonas públicas, botadura de chapas de las puertas de acceso al establecimiento o violación de protecciones exteriores contra. robo, si no se presenta oportunamente el representante de la compañía, deberá solicitarse a la misma autorización para llevar a cabo las reparaciones necesarias.
1.5.4. En caso de extravío de valores o títulos de crédito nominativos o al portador a favor del Organismo, el área tenedora responsable del documento, procederá a levantar el acta administrativa correspondiente con la actuación del área Jurídica, a efecto de que ésta inicie la reclamación ante el Juzgado Civil que corresponda, solicitando copia certificada del escrito de denuncia con que conoce la actuación de la autoridad competente a efecto de presentarla ante la Aseguradora como parte del procedimiento para la reposición de los títulos extraviados.
1.6. INCENDIO Y COBERTURAS ADICIONALES; EXPLOSIÓN, HURACÁN Y GRANIZO, HUELGAS, TERREMOTO:
1.6.1. En caso de accidente causado por incendio o cualquiera de los riesgos adicionales de esta cobertura, se deberá dar aviso de inmediato por vial telefónica a la Aseguradora, indicando lo siguiente:
- Nombre del asegurado.
- Póliza afectada.
- Tipo de siniestro (incendio, inundación, temblor; etc.), ubicación y fecha de ocurrencia.
- Importe estimado.
- Persona responsable de aportar información y teléfono.
De igual forma se deberá hacer extensivo el aviso al Área de Siniestros del Asesor Externo de Seguros o bien hacer el aviso a través de la misma.
Se confirmará el aviso a la Aseguradora al día hábil siguiente por escrito, e informará a la Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales en el Área Central o para la Subdelegación de Administración en las Delegaciones Regionales y al Responsable Interno de Seguros, e informando de las medidas tomadas para sofocar o controlar el siniestro, así como un estimado de los daños, si es posible. Es importante levantar un acta administrativa en donde se registre la mayor información posible de los hechos.
1.6.2. En los casos de incendio o explosión se notificará de inmediato a las autoridades correspondientes de lo sucedido, solicitando la inspección .del lugar del siniestro, así como la intervención de peritos de la Procuraduría para que se emita el dictamen correspondiente, obteniéndose de ellas copia certificada de las actas que se levanten (Ministerio Público, Bomberos, etc.)
1.6.3. En cualquier siniestro se deberá pedir la intervención de un ajustador profesional, quien se encargará de cuantificar conjuntamente con las áreas administrativas responsables el monto de lo dañado, respaldando con cotizaciones, notas, facturas, etc., que se anexarán a la carta reclamación dirigida a la Aseguradora.
DOCUMENTACIÓN Y DATOS QUE DEBERÁN PROPORCIONARSE
1. Carta de formal reclamación, dirigida a la Aseguradora, indicando la causa, el importe reclamado y los conceptos que integran la misma.
2. Copia de la póliza afectada y último recibo. de pago.
3. Copia certificada del acta de averiguación previa, de la constancia de inspección ocular y de! peritaje oficial (solo en caso de Incendio y/o Explosión).
4. Copia certificada del Parte de Novedades del H. Cuerpo de Bomberos, cuando éstos hayan intervenido.
5. Copia del Acta Administrativa levantada con motivo del siniestro.
6. Documentación de apoyo correspondiente a los conceptos afectados como pueden ser:
a) EDIFICIO:
- Relación detallada de daños debidamente valorizada.
- Copia del último avalúo del inmueble.
- Copia del contrato de Arrendamiento (en su caso).
- Presupuesto de reparación de los daños, detallado y valorizado, emitido por Empresa legalmente establecida o por Profesional Calificado.
b) CONTENIDOS:
1) Mercancías:
- Relación detallada de mercancías dañadas debidamente valorizada.
- Copia del último inventario inmediato anterior al siniestro.
- Copia del inventario levantado con motivo del siniestro, detallando el estado en que se encuentren los bienes.
- Copia de los movimientos de entradas y salidas del periodo comprendido entre ambos inventarios.
- Presupuesto de reparación de los bienes susceptible de la misma.
- Facturas de los bienes considerados pérdida total o en su caso valorización de los mismos a precio de costo.
11) Contenidos en general (mobiliario y equipo de oficina):
- Relación detallada de artículos dañados.
- Copia del inventario de activos fijos, donde aparezcan los bienes afectados.
- Copia de las facturas de adquisición.
- Cotización por escrito de bienes similares a los afectados, emitidos por casa legalmente establecida.
- Presupuestos de reparación de los bienes susceptible de la misma.
CONSIDERACIONES ESPECIALES.
Recordemos que es obligación tomar todas las medidas necesarias para, evitar el incremento de los danos, debiendo informar sobre el particular a la Aseguradora.
En relación con los bienes que se consideren pérdida total, éstos deben ser debidamente resguardados por el Asegurado a fin de ser puestos a disposición de la Aseguradora al momento en que ésta los requiera con carácter de salvamento.
1.7. RESPONSABILIDAD CIVIL (R.C.):
1.7.1. Cuando sea presentada reclamación por alguna persona dañada en su integridad o bienes, se deberá solicitar que la misma sea presentada por el reclamante por escrito ante el Organismo, indicando en ésta todos los pormenores y motivos de la reclamación.
1.7.2. De ser posible, se deberán tomar fotografías de los daños y en la circunstancia misma en la que ocurrieron, para apoyar la reclamación en caso de proceder, o rechazarla si se declara su improcedencia.
1.7.3. Por ningún motivo se deberán aceptar responsabilidades ante el tercero, indicándole que se dará trámite a su reclamación, y que en breve a través del Responsable Interno de Seguros, de la Gerencia de Recursos Materiales y servicios Generales o el Subdelegado Administrativo según sea el caso, se les avisará del resultado.
1.7.4. Esta cobertura no. tiene aplicación en el seguro de automóviles sin placas de circulación.
1.7.5. La Gerencia de Recursos Materiales y Servidos Generales en el Área Central, la Subdelegación de Administración o el Responsable Interno de Seguros, según el caso, recabará toda clase de documentos que respalden la reclamación del tercero, como son: copias certificadas de actuaciones judiciales, certificado médico (en caso de lesionados), facturas o remisiones que amparen el importe de lo reclamado, etc., dando parte al área jurídica ya la Aseguradora.
1.7.6. .En cuanto se tenga conocimiento del siniestro, informar telefónicamente ala Compañía Aseguradora, indicando:
- Nombre del Asegurado.
- Póliza afectada.
- Tipo de siniestro (daños a terceros en sus bienes o en sus personas) ubicación y fecha de ocurrencia. !
- Importe estimado.
- Persona responsable de aportar información y teléfono.
De igual forma hacer extensivo el aviso al Área de Siniestros del Asesor Externo de Seguros, bien hacer el aviso a través de la misma.
DOCUMENTACIÓN y DATOS QUE DEBERÁN PROPORCIONARSE.
1. Carta de formal reclamación, dirigida a la Compañía Aseguradora, indicando la causa y el importe reclamado.
2. Carta reclamación que haya dirigido el tercero afectado, con motivo de los daños resentidos en sus bienes ó en su persona.
3. Copia certificada de las Actuaciones Judiciales que hubieren tenido lugar.
4. Documentos. a cubrir para comprobar los gastos por daños a terceros.
a) EN SU PERSONA:
- Certificado médico (lesiones).
- Recetas, notas de farmacia, recibos de gastos médicos, recibos de hospitalización y recibos de honorarios médicos, con los requisitos de ley.
- En caso de fallecimiento, acta de nacimiento, acta de defunción, en su caso acta de matrimonio, actuaciones judiciales relacionadas con el juicio sucesorio donde se establezca quien ó quiénes son los herederos, albacea y demás circunstancias legales.
b) EN SUS BIENES:
- Presupuestos de reparación o facturas que amparen el importe de los daños sufridos.
5. En adición a lo anterior y según sea el caso, se aportaran los siguientes elementos:
a) R.C. DEL ARRENDATARIO:
- Copia del Contrato de Arrendamiento.
b) R.C. DEL VIAJERO:
- Certificado de accidente.
c) R.C. ESTACIONAMIENTOS:
- Declaración de accidente.
- Contraseña de entrada al estacionamiento.
e) R.C. PRODUCTOS:
- Informe técnico, estudios de laboratorio y demás elementos similares con que se determine las causas del accidente y se demuestre fehacientemente la responsabilidad del Asegurado.
1.8. ROBO DE MERCANCÍAS y CONTENIDOS EN GENERAL:
1.8.1. Inmediatamente después de haber sufrido un robo o asalto, es necesario acudir. a la Agencia del Ministerio Público Federal de la localidad, para levantar la denuncia con los pormenores precisos del robo, y obtener copia certificada de dicha actuación, informando de todo ello al Área Jurídica correspondiente.
Simultáneamente a la Denuncia informar telefónica mente a la Compañía Aseguradora, indicando:
- Nombre del Asegurado
- Pó1iza afectada.
- Tipo de siniestro (robo ó asalto), ubicación y fecha de ocurrencia.
- Importe estimado.
- Persona responsable de aportar información y teléfono.
De igual forma hacer extensivo el aviso al Área de Siniestros del Asesor Externo de Seguros ó bien .hacer el aviso a través de la misma.
1.8.2. Posteriormente, se dará aviso a la. Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales en el Área Central o la Subdelegación de Administración, según el caso, y al Responsable Interno de Seguros, así como a las áreas de Contraloría y Jurídica quienes procederán a levantar el acta administrativa correspondiente dando el último seguimiento a la actuación judicial que se desprenda.
1.8.3. Se deberá solicitar inmediatamente un ajustador para que tome conocimiento de los hechos y circunstancias que intervinieron en el siniestro.
1.8.4. Las dependencias afectadas a través de sus áreas administrativas, procederán de inmediato a cuantificar las pérdidas, valiéndose de toda clase de documentos como son: notas, facturas, balances, etc.
1.8.5. Una vez determinada la pérdida, remitir a la Aseguradora la siguiente documentación:
1. Carta de formal reclamación, dirigida a la Compañía Aseguradora, indicando la causa, ubicación afectada, importe reclamado y los conceptos que integran la pérdida. ¡
2. Copia de la pó1iza afectada y último recibo de pago.
3. Copia certificada del acta de averiguación previa, conteniendo el resultado de la inspección ocular.
4. Copia del Acta Administrativa elaborada con motivo del siniestro.
5. Documentación contable de apoyo correspondiente a los conceptos afectados, como pueden ser:
a) MERCANCÍAS:
- Copia del inventario de mercancías inmediato anterior al siniestro.
- Copia del inventario levantado con motivo del robo.
- Copia de los movimientos de entradas y salidas del período entre ambos inventarios.
- Comparativo de inventarios en el cual se refleje el faltante, valorizado a precio de costo.
- Copia de las facturas que amparen la legal propiedad de los bienes faltantes.
- Contenidos en General (mobiliario y equipo de oficina)
- Relación detallada de artículos faltantes
- Copia del inventario de activos fijos donde aparezcan los bienes faltantes.
- Copia de las facturas de adquisición
- Cotización por escrito de bienes similares a los sustraídos, emitido por casa legalmente establecida.
b) DAÑOS OCASIONADOS PARA COMETER EL ROBO
- Facturas que amparen las reparaciones efectuadas (cristales, cerraduras, puertas, etc.) sin incluir mejoras y adaptaciones.
CONSIDERACIONES ESPECIALES.
Es recomendable no mover nada después de ocurrido el siniestro, en tanto no realicen las Autoridades y los representantes de la Aseguradora, la inspección ocular, sin embargo en caso de rotura de cristales que den a la calle o zonas públicas, botaduras de chapas de puertas de acceso al negocio ó violación de protecciones exteriores contra robo, si no se presenta oportunamente el representante de la Aseguradora, debe solicitarse a la misma, autorización para llevar a cabo las reparaciones necesarias.
2. PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS.
2.1. DEFINICIONES
Para la interpretación de este Manual se entenderá por:
AJUSTADOR.- La persona o entidad designada por la Aseguradora para evaluación o ajuste de siniestros.
AREA JURIDICA.- La Subdirección Jurídica en el Área Central y la Unidad Jurídica en las Delegaciones Regionales.
ASEGURADORA.- La compañía aseguradora o compañías aseguradoras con las que el Organismo tenga celebrados contratos de seguros.
ASESOR.- Asesor Externo de Seguros contratado por el Organismo.
CENTRAL DE AJUSTES.- Local de la Aseguradora en donde se realiza el ajuste final de siniestro de automóviles.
COMITÉ.- Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Organismo.
CONTROL DE ACI1VOS.- La Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales en el Área Central y las Subdelegaciones de Administración de las Delegaciones Regionales.
GERENCIAS.- Todas las Gerencias del Organismo.
INFORMÁTICA.- Subdirección de Informática del Organismo.
MANTENIMIENTO.- Departamento de Servicios Generales.
MULTIPLE EMPRESARIAL.- Pó1iza de Seguro que ampara edificios, contenidos (mobiliario, equipo y papelería), responsabilidad civil general y de arrendatario, cristales.
PROGRAMA.- Programa de Aseguramiento Integral del Organismo.
PROTECCIÓN CML.- Unidad de Protección Civil del Organismo y área homóloga en las Delegaciones Regionales.
RESPONSABLE INTERNO.- Responsable Interno de Seguros del Organismo (actualmente ubicado en la Subdirección Jurídica).
SECRETARIO EJECUTIVO DEL COMITÉ.- Gerencia de Recursos Materiales y Servicios Generales
TRIPOLIZA.- Ampara equipo electrónico, maquinaria, calderas y equipo de contratistas.
SUBDIRECCIÓN.- Subdirección de Recursos Humanos y Materiales del Organismo.
TESORERIA.- Gerencia de Tesorería del Organismo.
TITULARES DE LAS ÁREAS.- Titulares de Direcciones y Subdirecciones del Organismo.
2.2. PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DEL PROGRAMA DE ASEGURAMIENTO INTEGRAL DEL ORGANISMO
ACT. N° | RESPONSABLE | DESCRIPCION |
1 | RESPOPNSABLE INTERNO | En el mes de octubre de cada año en que concluya la vigencia de los seguros contratados, someterá a la aprobación del Comité el Programa que haya recibido del Asesor. |
2 | COMITE | De ser procedente aprobará el Programa en los términos de su presentación, y en su caso con las modificaciones que considere pertinentes, autorizando su licitación pública. |
3 | SECRETARIO EJECUTIVO DEL COMITÉ | Llevará a cabo la licitación pública para la contratación del Programa, con la intervención que corresponda al Asesor, hasta producirse la adjudicación respectiva. |
4 | SECRETARIO EJECUTIVO DEL COMITE | Antes del día 15 de diciembre del año respectivo: informará al Responsable Interno de la adjudicación del Programa, remitiendo las ofertas técnica y económica respectivas. |
5 | ASEGURADORA | Antes del día 20 de diciembre del año respectivo, entregará al Responsable Interno la carta o cartas cobertura correspondientes al Programa. |
6 | ASEGURADORA | Antes del día 10 de enero del año respectivo, entregará al Responsable Interno las pólizas y recibos del Programa. |
7 | RESPONSABLE INTERNO | Entrega al Asesor las pólizas y recibos del programa para su revisión. |
8 | ASESOR | Revisa las pólizas y recibos del Programa e informa al Responsable Interno del resultado de la revisión, detallando las correcciones que deban efectuarse a las pólizas y recibos, en su caso. |
9 | RESPONSABLE INTERNO | Solicita de la Aseguradora se corrijan las pólizas y recibos en la forma señalada por el Asesor, en su caso. |
10 | ASEGURADORA. | Emite los endosos y correcciones solicitadas por el Responsable Interno. |
11 | RESPONSABLE INTERNO | Remite los recibos de pago de prima a Tesorería para su pago. |
12 | RESPONSABLE INTERNO | Reparte copias de pólizas y recibos del Programa a todas las Áreas y Delegaciones Regionales del Organismo, para los usos que correspondan. Las pólizas originales de vehículos, las remite al Departamento de Transportes y talleres, para su remisión a los resguardatarios de las unidades. |
13 | RESPONSABLE INTERNO | Conserva en sus archivos las pólizas del Programa. |
DIAGRMA DEL PROCEDMIENTO
2.3. PROCEDIMIENTO PARA ASEGURAR CONTRA DAÑOS ALGÚN BIEN PROPIEDAD DE LA INSTITUCI6N QUE NO SE ENCUENTRE ASEGURADO
ACT. N° | RESPONSABLE | DESCRIPCION |
1 | CONTROL DE ACTIVOS | Comunica al Responsable Interno que existe un bien en el Organismo que está bajo su responsabilidad y solicita su aseguramiento. |
2 | CONTROL DE ACTIVOS | Anexa a la solicitud la documentación que describa el bien, el valor del mismo, su ubicación y cobertura requerida. |
3 | RESPONSABLE INTERNO | Recibe solicitud con la, descripción del bien y analiza su posible inclusión en alguna de las pólizas ya contratadas, con la intervención del Asesor. |
4 | RESPONSABLE INTERNO | Tramita ante la Aseguradora a través del Asesor la cobertura del bien, incluyéndolo en alguna póliza o contratando una nueva, ajustándose en este caso al procedimiento respectivo. |
5 | ASEGURADORA | Emite endoso y/o póliza y remite al Responsable Interno a través del Asesor. |
6 | RESPONSABLE INTERNO | Recibe endoso y/o póliza y recibo de pago, verificado por el Asesor: Cuota Vigencia Recibo de pago Suma Asegurada Cobertura Deducible Condiciones previamente negociadas. |
7 | ASESOR | Si no son correctos los datos anteriores regresa recibo endoso y/o póliza ya la Aseguradora para su corrección. |
8 | RESPONSABLE INTERNO | Si son correctos, elabora Cuenta por pagar y tramita pago ante la Tesorería. |
9 | TESORERÍA | Emite cheque y paga a la Aseguradora. |
10 | RESPONSABLE INTERNO | Comunica al área de Control de Activos que el bien ha quedado asegurado, turnando copias de la póliza. FIN DEL PROCESO. |
DIAGRMA DEL PROCEDMIENTO
2.4. PROCEDIMIENTO PARA RECLAMACIONES, PÓLIZA MÚLTIPLE EMPRESARIAL
ACT. N° | RESPONSABLE | DESCRIPCION |
1 | CUALQUIER AREA O EMPLEADO QUE CONOZCA DEL SINIESTRO | En caso de siniestro, toma todas las medidas para evitar que el accidente sea mayor y salvaguardar los restos de los bienes afectados! para evitar que los daños aumenten. |
2 | CUALQUIER AREA O EMPLEADO QUE CONOZCA DEL SINIESTRO | Da aviso a la autoridad local (en el lugar del accidente) para que levante el acta correspondiente, en los casos que se requiera.Si las acciones anteriores las hace un empleado o área ajena al Responsable Interno o a Control de Activos, deberá dar aviso a éstos, según el caso. |
3 | CUALQUIER AREA O EMPLEADO QUE CONOZCA DEL SINIESTRO | Comunica tan pronto como sea posible, a la oficina de la Aseguradora que corresponda, informando del siniestro y solicitando la presencia de un ajustador. Pide nombre a la persona que recibe el reporte.Simultáneamente lo informa al Asesor. |
4 | CONTROL DE ACTIVOS A TRAVÉS DEL RESPONSABLE INTERNO | Da aviso por escrito a la Aseguradora. |
5 | CONTROL DE ACTIVO | Procede a cuantificar el daño o la pérdida, ya sea que cuente con los elementos para hacerlo, o acuda a presupuestos o cotizaciones de proveedores para presentar a la Aseguradora una reclamación tentativa que dé la pauta por el tipo de ajuste a realizar. |
6 | CONTROL DE ACTIVOS | Recaba y proporciona a la brevedad posible a través del Responsable Interno, la documentación que se requiere en cada caso para respaldar la reclamación. |
7 | ASEGURADORA | Recibe reporte y envía ajustador al lugar del siniestro. |
8 | AJUST ADOR | Analiza siniestro, determina si procede la reclamación y cuantifica los daños. |
9 | AJUST ADOR | En caso negativo, comunica a Control de Activos / Responsable Interno de Seguros, según el caso, la improcedencia de la reclamación. |
10 | AJUSTADOR | En caso afirmativo, reúne la documentación necesaria y la envía a la Aseguradora. |
11 | AJUSTADOR | Presenta ajuste a Control de Activos / Responsable Interno, según el caso, solicitando su conformidad. |
12 | CONTROL DE ACTIVOS | Valida ajuste, conservando copia del mismo. |
13 | AJUSTADOR | Envía ajuste validado a la Aseguradora para fines de indemnización. |
14 | ASEGURADORA | Recibe ajuste y expide cheque por la cantidad indemnizable a favor del Organismo. |
15 | RESPONSABLE INTERNO | Recibe, verifica cantidad y turna al Área de Tesorería. |
16 | TESORERÍA | Da entrada al cheque. |
17 | CONTROL DE ACTIVOS | En coordinación con las áreas de Mantenimiento y/o la que tenga bajo si responsabilidad los bienes afectados, contrata a prestador de servicios para la reparación de los daños. |
18 | CONTRATISTA | Realiza reparaciones. |
19 | CONTROL DE ACTIVOS | Formula cuenta por pagar y turna al Área de Tesorería para su trámite y pago. |
20 | TESORERÍA | Emite cheque y paga a “EL CONTRATISTA”. FIN DEL PROCESO. |
DIAGRMA DEL PROCEDMIENTO
2.5. PROCEDIMIENTO PARA RECLAMACIONES TRIPÓLIZA QUIPO DE CONTRATISTAS Y MAQUINARIA PESADA MOVIL
ACT. N° | RESPONSABLE | DESCRIPCION |
1 | AREA O EMPLEADO QUE CONOZCA DEL SINIESTRO | En caso de siniestro, toma todas las medidas para evitar que el accidente sea mayor y salvaguarda los restos de los bienes afectados, para evitar que los daños aumenten. |
2 | AREA O EMPLEADO QUE CONOZCA DEL SINIESTRO | Da aviso a la autoridad local (en el lugar del accidente) para que, levante el acta correspondiente, en los casos que se requiera.Si las acciones anteriores las hace un empleado o área ajena a Control de Activos o Responsable Interno, deberá dar aviso a los antes mencionados, según el caso, así como al Asesor. |
3 | AREA O EMPLEADO QUE CONOZCA DEL SINIESTRO | Comunica tan pronto como sea posible a la oficina de la Aseguradora que corresponda, informando del siniestro y solicitando la presencia de un ajustador. Pide nombre a la persona que recibe el reporte. |
4 | AREA O EMPLEADO QUE CONOZCA DEL SINIESTRO | Comunica por escrito a la oficina de la Aseguradora que corresponda, a Control de Activos y al Área Jurídica. |
5 | CONTROL DE ARCHIVOS | Procede a cuantificar el daño o la pérdida, para lo cual solicita el apoyo del área responsable de los bienes. Se podrá recurrir a presupuestos o cotizaciones de proveedores. |
6 | CONTROL DE ACTIVOS A TRAVÉS DEL RESPONSABLE INTERNO | Con los elementos anteriores, presenta a la Aseguradora una reclamación tentativa que dé la pauta para el tipo de ajuste a realizar. |
7 | CONTROL DE ACTIVOS | Recaba y proporciona a la brevedad posible a través del Responsable Interno la documentación que se requiere en cada caso para respaldar la reclamación. |
8 | ASEGURADORA | Recibe reporte y envía ajustador al lugar del siniestro. |
9 | AJUST ADOR | Analiza siniestro, determina si procede la reclamación y cuantifica los daños. |
10 | AJUST ADOR | En caso negativo, comunica a Control de Activos / Responsable Interno, según el caso, la improcedencia de la reclamación. |
11 | AJUSTADOR | En caso afirmativo, reúne la documentación necesaria y la envía a la Aseguradora. |
12 | AJUST ADOR | Presenta ajuste a Control de Activos / Responsable Interno de Seguros para su validación. |
13 | CONTROL DE ACTIVOS | Valida ajuste conservando copia del mismo. |
14 | AJUST ADOR | Envía ajuste validado a la Aseguradora para fines de indemnización. |
15 | ASEGURADORA | Recibe ajuste y expide cheque por la cantidad indemnizable a favor del Organismo. |
16 | RESPONSABLE INTERNO | Recibe cheque, verifica cantidad y turna al Área de Tesorería. |
17 | TESORERÍA | Da entrada al cheque.
FIN DEL PROCESO. |
DIAGRMA DEL PROCEDMIENTO
2.6. PROCEDIMIENTO PARA RECLAMACIONES, PÓLIZA DINERO y VALORES
ACT. N° | RESPONSABLE | DESCRIPCION |
1 | CUALQUIER AREA O EMPLEADO QUE CONOZCA DEL SINIESTRO | En caso de siniestro, toma las medidas posibles para evitar que los daños aumenten, sin exponer la integridad física propia o de cualquier otra persona. |
2 | CUALQUIER AREA O EMPLEADO QUE CONOZCA DEL SINIFSTRO | Da aviso a la autoridad local para que se levante el acta correspondiente. Da aviso al Área que corresponda, para la realización del arqueo correspondiente. |
3 | AREA O EMPLEADO QUE CONOZCA DEL SINIFSTRO | Da aviso a la Aseguradora. Pide nombre a la persona que recibe el reporte. |
4 | RESPONSABLE DEL DINERO O V ALORES | Realiza arqueo, reúne las actas levantadas y comunica a Control de Activos, al Responsable Interno y al Asesor. |
5 | CONTROL DE ACTIVOS A TRA VES DEL RESPONSABLE INTERNO | Por escrito, hace la reclamación a la Aseguradora, enviando copias de toda la documentación de respaldo. |
6 | ASEGURADORA | Recibe reclamación y dictamina la procedencia o improcedencia de la misma. |
7 | ASEGURADORA | Si resulta improcedente comunica a Control de Activos / Responsable Interno. Si es procedente, elabora cheque por la cantidad indemnizable, a favor del Organismo. |
8 | RESPONSABLE INTERNO | Recibe cheque, verifica cantidad y turna a Tesorería. |
9 | TESORERIA | Da entrada al cheque.
FIN DEL PROCESO. |
DIAGRMA DEL PROCEDMIENTO
2.7. PEOCEDIMIENTO PARA EL ASEGURAMIENTO, CANCELACION y RECLAMACION DE SINIESTROS DE VEHICULOS PROPIEDAD DEL ORGANISMO
ACT. N° | RESPONSABLE | DESCRIPCION |
1 | CONTROL DE ACTIVOS | Al adquirir una unidad, elabora oficio solicitando el aseguramiento del vehículo con los datos del mismo. El seguro debe ser cobertura amplia. |
2 | CONTROL DE ACTIVOS | Envía solicitud de aseguramiento al Responsable Interno. |
3 | RESPONSABLE INTERNO | Solicita a la Aseguradora la inclusión de la unidad en la póliza correspondiente. |
4 | ASEGURADORA | Emite póliza y recibo de pago y envía al Responsable Interno para su trámite. |
5 | RESPONSABLE INTERNO | Recibe póliza y recibo, con la intervención del Asesor verifica datos, elabora cuenta por pagar y turna a Tesorería para su trámite y pago. |
6 | TESORERÍA | Recibe cuenta por pagar, expide cheque a favor de la Aseguradora y realiza pago. |
7 | RESPONSABLE INTERNO | Turna las pólizas a Control de Activos. |
8 | CONTROL DE ACTIVOS | Comunica por escrito al Responsable Interno la baja de unidades, especificando claramente cuantas y cuales. |
9 | RESPONSABLE INTERNO | Elabora oficio a la Aseguradora solicitando la cancelación del seguro indicando claramente a partir de qué fecha. |
10 | ASEGURADORA | Emite cancelación de acuerdo con la solicitud, y endoso "D" (reembolso) con el importe de la prima no devengada. |
11 | RESPONSABLE INTERNO | Recibe endoso y cancelación y con intervención del Asesor verifica datos. Solicita a la Aseguradora expedición de cheque. |
12 | ASEGURADORA | Expide cheque por el importe del endoso y envía al Responsable Interno. |
13 | RESPONSABLE INTERNO | Recibe cheque y envía al área de Tesorería. |
14 | TESORERÍA | Da entrada al cheque. |
15 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | EN CASO DE SINIESTRO (DAÑOS MATERIALES)
Ejecuta todos los actos que tiendan a disminuir el daño. |
16 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Da aviso a la Aseguradora tan pronto como sea posible. Solicita la presencia de un ajustador. |
17 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | De resultar necesario dará aviso a las autoridades competentes. |
18 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Da aviso al área administrativa de adscripción de la unidad, a fin de levantar el acta administrativa correspondiente, e informa a Control de Activos y al Responsable Interno. |
19 | AREA ADMINISTRATIVA DE ADSCRIPCIÓN DE LA UNIDAD | Levanta el acta administrativa correspondiente, remitiendo copia a Control de Activos y al Responsable Interno. |
20 | ASEGURADORA | Recibe reporte y envía ajustador al lugar de los hechos. |
21 | AJUSTADOR | Requisita forma de reclamación y hace una valoración de los daños, solicita la póliza o solicitud de aseguramiento al conductor o responsable de la unidad. |
22 | AJUST ADOR | Entrega copia del ajuste o reclamación y da instrucciones al conductor para que se presente en la Central de Ajustes designada. |
23 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Si el vehículo está en condiciones de circular, se presenta con el mismo y con la reclamación a la Central de ajuste que se le indique. |
24 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Si el vehículo no está en condiciones de circular, se lleva con la grúa a la Central de Ajustes que se le ha indicado, presentando la reclamación. |
25 | DEPARTAMENTO DE LO CONTENCIOSO | Si el vehículo se encuentra en depósito a disposición de la autoridad, procede a su liberación. |
26 | CENTRAL DE AJUSTES | Determina si el vehículo está en condiciones de ser reparado, en caso contrario determina la "pérdida total. |
27 | CENTRAL DE AJUSTES | Si el vehículo está en condiciones de ser reparado, remite al responsable al taller seleccionado, para la reparación de los daños. |
28 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Lleva el vehículo al taller asignado y entrega para su presupuesto y reparación. En caso de que el presupuesto sea superior al deducible, la reparación se hará aplicando el seguro, y en caso contrario sin aplicar el seguro. |
29 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | En caso de ser responsable del siniestro, correrá a su cargo el pago del deducible respectivo o de la reparación en su caso, para lo cual preparará el pago. |
30 | CONTROL DE ACTIVOS | En caso de que el conductor o responsable de la unidad no sea responsable del siniestro, Control de Activos tramita expedición de cheque para pago del deducible o de la reparación. |
31 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Una vez reparado el vehículo, paga deducible al taller y recibe la unidad. |
32 | CONTROL DE ACIIVOS | En caso de que haya tramitado expedición de cheque para pago de deducible, informa a la Gerencia de Asuntos Jurídicos a fin de dictaminar a quien corresponde el pago del deducible. |
33 | CONTROL DE ACIIVOS A TRAVES DEL RESPONSABLE INTERNO | Si se determina pérdida total, entrega a la Aseguradora los siguientes documentos: a) Factura original endosada a favor de la Aseguradora. b) Tarjetón del Registro Federal de Vehículos. c) Recibos de pago de tenencia (últimos 5 años, en caso que por el modelo corresponda) d) Acta del Ministerio Público. e) Llaves del vehículo. y solicita expedición de cheque por el importe de la indemnización menos deducible. |
34 | ASEGURADORA | Expide cheque por la cantidad indemnizable y envía a Control de Activos / Responsable Interno. |
35 | RESPONSABLE INTERNO | Verifica cheque y envía al Área de Tesorería. |
36 | TESORERÍA | Da entrada al cheque. |
37 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | EN CASO DE ROBO TOTAL
Al cerciorarse del robo de la unidad, levanta acta en la Agencia del Ministerio Público más cercana y da aviso a la Policía Federal de Caminos y Puertos. |
38 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Da aviso a Control de Activos, al Responsable Interno y al Asesor. |
39 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Llama a la Aseguradora y solicita la presencia de un ajustador, pide nombre a la persona que recibe el reporte. |
40 | ASEGURADORA | Recibe reporte y envía ajustador a la Agencia del Ministerio Público. |
41 | AJUSTADOR | Requisita la forma de reclamación y solicita la póliza o solicitud de aseguramiento al conductor o responsable de la unidad. Da instrucciones para que se presente a la Central de Ajustes designada. |
42 | CONTROL DE ACTIVOS A TRAVÉS DEL RESPONSABLE INTERNO | Entrega la siguiente documentación a la Aseguradora: a) Factura original endosada a favor de Aseguradora Mexicana, S.A. b) Tarjetón del Registro Federal de Vehículos. c) Recibos de pago de tenencia (últimos 5 años, en caso de que por el modelo corresponda). d) Acta del Ministerio Público. e) Llaves del vehículo. y solicita expedición de cheque por el importe de la indemnización menos el deducible. |
43 | ASEGURADORA | Expide cheque por la cantidad indemnizable y envía a Control de Activos/Responsable Interno. |
44 | RESPONSABLE INTERNO | Recibe y verifica cheque y envía al área de Tesorería. |
45 | TESORERIA | Da entrada al cheque. |
46 | RESPONSABLE INTERNO | Solicita de la Aseguradora la devolución de primas devengadas. |
47 | RESPONSABLE INTERNO | En caso de controversia con la Aseguradora en este procedimiento, intervendrá a solicitud del responsable de cada acto.
FIN DEL PROCESO. |
2.8. PROCEDIMIENTO PARA RECLAMACIONES. POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL DEL VIAJERO.
ACT. N° | RESPONSABLE | DESCRIPCION |
1 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Ejecuta todos los actos que tiendan a disminuir el daño. |
2 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Da aviso a la Aseguradora tan pronto como sea posible. Solicita la presencia de un ajustador. |
3 | CONDUCTOR O RESPONSABLE DE LA UNIDAD | Da aviso a Control de Activos, al Responsable Interno y al Asesor. |
4 | ASEGURADORA | Recibe reporte y envía ajustador al lugar de los hechos. |
5 | AJUSTADOR | Requisita forma de reclamación. |
6 | RESPONSABLE INTERNO | Recaba toda clase de documentos que se deriven de la resp9nsabilidad civil. |
7 | RESPONSABLE INTERNO | Envía documentación a la Aseguradora. |
8 | ASEGURADORA | Recibe documentación y determina procedencia de indemnizaciones, fijando los montos respectivos. |
9 | ASEGURADORA | Emite cheques para indemnización y los entrega.
FIN DEL PROCESO. |
DIAGRMA DEL PROCEDMIENTO
Dirección de Administración y Finanzas
Subdirección de Administración de Riesgos
Gerencia de Seguros
Calzada de los Reyes 24, Tetela del Monte,
Cuernavaca 062130 Morelos, México Tel. 01 (777) 329-2100
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