NORMA PARA FONDOS REVOLVENTES Y GASTOS A COMPROBAR

 

 

DESCRIPCIÓN

 

Disposición normativa que regula la asignación de fondo revolvente para adquisición de bienes del capítulo 2000 y 3000, no programables con relación de servidores públicos que pueden solicitarlo y para cafetería, con montos máximos de los mismos; gastos a comprobar que se realizan en casos emergentes, fortuitos o de fuerza mayor y cuando la naturaleza del gasto no permita que sean incluidos en el programa anual de adquisiciones, así como reembolsos de gastos realizados en comisión oficial o en pago de comidas con terceros, con tabla de montos máximos.

 

Vigente a partir del 23 de marzo de 2006, aprobado por el H. Consejo de Administración en la Sesión 185.5

 

Sustituye a:

Norma para Fondos Revolventes y Gastos  a Comprobar autorizada por el H. Consejo de Administración en la Sesión 178.5 del 25 de junio de 2004.

 

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