NORMA PARA FONDOS REVOLVENTES Y GASTOS A COMPROBAR

 

 

 

DESCRIPCIÓN

 

 

Disposición normativa que regula la asignación de fondo revolvente para adquisición de bienes del capítulo 2000 y 3000, no programables con relación de servidores públicos que pueden solicitarlo y para cafetería, con montos máximos de los mismos; gastos a comprobar que se realizan en casos emergentes, fortuitos o de fuerza mayor y cuando la naturaleza del gasto no permita que sean incluidos en el programa anual de adquisiciones, así como reembolsos de gastos realizados en comisión oficial o en pago de comidas con terceros, con tabla de montos máximos.

 

Se actualiza gran parte del contenido de la norma con acciones de mejora por parte del Órgano Interno de Control en CAPUFE, así como en su redacción de los siguientes apartados; Fondos Revolventes, Asignación, responsabilidad y Manejo reintegro y Forma de Comprobación, cambio de responsables de los recursos y Rembolso, así como el logotipo en formatos de la SCT.

 

 

Vigencia a partir del 15 de diciembre de 2008

 

 

 

Sustituye a:

Norma para Fondos Revolventes y Gastos a Comprobar del 9 de julio de 2007

Desea continuar en:

 

 

Contenido

Autorización y Hoja de Identificación, Validación y Registro

Justificación Regulatoria