MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIONES


CONTENIDO


INTRODUCCIÓN

OBJETIVO GENERAL

MARCO LEGAL

LINEAMIENTOS

POLÍTICAS GENERALES Y DE OPERACIÓN

DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS

PREP.01 PARA LA ELABORACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS.

PRRS.02 PARA LA RECEPCIÓN Y SEGUIMIENTO DE SOLICITUDES DE ABASTO EN VENTANILLA ÚNICA E INTEGRACIÓN DE REQUISICIONES DE COMPRA PARA CAPÍTULO 2000.

PRLP.03 PARA LA LICITACIÓN PÚBLICA.

PRIC.04 PARA LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS.

PRAD.05 PARA LA ADQUISICIÓN POR ADJUDICACIÓN DIRECTA.

PRCA.06 PARA EL PROCESO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA EN LOS SUPUESTOS DE EXCEPCIÓN.

PRRA.07 PARA DETERMINAR EL PORCENTAJE Y REGISTRO DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS.

PREF.08 PARA LA ELABORACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE CONTRATOS PEDIDOS CAPÍTULO 2000.

PRMC.09 PARA LA MODIFICACIÓN AL CONTRATO PEDIDO.

PRTR.10 PARA EL TRÁMITE DE RECLAMACIÓN DE PÓLIZA DE FIANZA O CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO PEDIDO.



Resumen del Documento:

Establece políticas, lineamientos, secuencia y flujo de las actividades para la correcta operación, registro y control en materia de adquisiciones y el ámbito de actuación de las áreas responsables dentro del Organismo

Vigencia a partir del mes de marzo de 2001 a la fecha.


INTRODUCCIÓN

La actual administración del Organismo Público Descentralizado Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, en cumplimiento de las reformas administrativas, al Programa de Modernización de Capufe 1995-2000 y al establecimiento o modificación del marco normativo ha promovido la actualización de los sistemas y procesos de operación y administrativos congruentes con el desarrollo de nuevas tecnologías, para que estos sean más confiables, oportunos y de mejor calidad en la información que se requiere para la toma de decisiones.

En este sentido, aunado a los procesos computacionales se ha requerido establecer el manual de procedimientos del área de adquisiciones, que permita a los usuarios contar con una herramienta de consulta para la adecuada realización de las actividades y la correcta operación, registro y control en materia de adquisiciones.

Por otra parte, se describen aquellas actividades funcionales que se desarrollan dentro de un contexto de modernización administrativa, realizándose en forma simplificada.

Dicho documento administrativo contiene las políticas generales de actuación, los objetivos, la descripción de las actividades y los diagramas de flujo de los procedimientos relativos a la adquisición de las necesidades de bienes ya sean de consumo o instrumentales, así como al registro y control de los mismos, estableciéndose también el ámbito de actuación de las áreas responsables de cada uno de los trámites efectuados.



OBJETIVO GENERAL

Contar con una herramienta de consulta que facilite a los usuarios del sistema de información el desarrollo de las funciones de compra de bienes de consumo e instrumentales, así como la Contratación de Arrendamientos y Servicios para dotar a las áreas de Capufe de los materiales necesarios para la operación regular e instalaciones óptimas para el cumplimiento de sus funciones asignadas.



MARCO LEGAL

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 134. D.O.F. 05/II/17 y sus reformas

  • Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 4/I/2000

  • Ley Federal de Entidades Paraestatales. D.O.F. 14/V/1986 y sus reformas

  • Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. D.O.F. 31/XII/1976 y sus reformas

  • Ley Federal de Procedimiento Administrativo. D.O.F. 4/VIII/1994 y sus reformas

  • Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. D.O.F. 31/XII/1982 y sus reformas

  • Ley Federal sobre Metrología y Normalización. D.O.F. 01/VII/1992 y sus reformas

  • Ley Sobre la Celebración de Tratados. D.O.F. 02/I/1992 y sus reformas

  • Código Civil Federal. D.O.F. 26/V/1978 y sus reformas

  • Código Federal de Procedimientos Civiles. D.O.F. 24/II/1943 y sus reformas

  • Decreto de Creación de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. (D.O.F. 29/VI/1963)

  • Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal Correspondiente.

  • Estatuto Orgánico de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos. (D.O.F. 31/XII/1999)

  • Tratados Internacionales.

  • Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. D.O.F. 18/XI/1981 y sus reformas

  • Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (D.O.F. 20/VIII/2001)

  • Reglamento de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. D.O.F. 26/I/1990.

  • Acuerdo que establece las Normas para Autorizar la Adquisición y Arrendamiento de Bienes Muebles que Realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. (D.O.F. 10/VIII/1993)

  • Acuerdo que establece los Lineamientos que Deberán Observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal, incluidas las Sociedades Nacionales de Crédito y de Seguros, Fideicomisos y Fondos de Fomento, así como las correspondientes del Distrito Federal, para Garantizar la Disciplina, Austeridad y la Aplicación Racional de los Recursos Públicos, que emite la Secretaría durante el ejercicio correspondiente.

  • Lineamientos para la aplicación de los recursos federales destinados a la publicidad y difusión y en general a las actividades de comunicación social. D.O.F. 22/XII/1992.

  • Lineamientos para la contratación de seguros sobre bienes patrimoniales, a cargo de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. D.O.F. 02/V/1994.

  • Acuerdo mediante el cual se dan a conocer las reglas en materia de compras del sector público para la participación de las empresas micro, pequeñas y medianas para las reservas del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y para la determinación del grado de integración nacional. D.O.F. 08/XII/1995.

  • Acuerdo que establece la información relativa a los procedimientos de licitación pública que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deberán remitir a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo por transmisión electrónica o en medio magnético, así como la documentación que las mismas podrán requerir a los proveedores para que estos acrediten su personalidad en los procedimientos de licitación pública. 11/IV/1997.

  • Acuerdo que establece lineamientos para la contratación de los servicios de telefonía de larga distancia por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal. (D.O.F. 7/V/1997)

  • Oficio Circular SNCGP/300/236/2000 emitido por la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo el 17 de marzo de 2000.



    LINEAMIENTOS

    I.- El programa de adquisiciones de bienes muebles y servicios definitivo se fundamentará en la autorización de presupuesto, oficio de autorización de inversión y así se determinarán las necesidades de bienes y servicios por partidas presupuestales, considerando lo siguiente:

  • El desglose de la partida de inversión y de gasto corriente del presupuesto asignado en forma local o regional.
  • El catálogo de adquisiciones de bienes muebles o servicios (CABMS)
  • El clasificador por objeto del gasto.
  • El apoyo de manuales, folletos y publicaciones.
  • El instructivo de llenado.
  • El anteproyecto de presupuesto.
  • Existe un proyecto del programa de adquisiciones de bienes que se elabora en forma conjunta con el anteproyecto de presupuesto y se integra a mas tardar los meses de agosto-septiembre para la aprobación del presupuesto.

    II.- El Organismo remitirá sus programas y presupuestos de adquisiciones, arrendamientos y servicios, a la dependencia coordinadora de sector en la fecha que esta señale.

    III.- El Organismo a más tardar el 31 de marzo de cada año, pondrá a disposición de los interesados, por escrito sus programas anuales de adquisiciones, arrendamientos y servicios.

    El documento que contenga los programas será de carácter informativo; no implicará compromiso alguno de contratación y podrá ser adicionado, suspendido o cancelado y sin responsabilidad alguna para Capufe.

    El Organismo remitirá sus programas a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y a la de Comercio y Fomento Industrial, quien también para efectos informativos podrá llevar a cabo la integración correspondiente.

    IV.- Que por el monto de su adquisición se adquiera y no sea posible consolidar por su atención inmediata con el resto de lo solicitado.



    POLÍTICAS GENERALES

    1. Las operaciones contenidas en cada uno de los procedimientos serán aplicables conforme a las disposiciones establecidas en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público de acuerdo con lo siguiente:
    • La elaboración del programa anual de adquisiciones de bienes y servicios se fundamenta en los artículos 18, 20 y 21, que consiste en la captación de las necesidades de bienes de consumo, para la integración del presupuesto y su autorización del H. Consejo de Administración.
    • Los procedimientos de licitación pública e invitación se precisan en los artículos 25 y 26, en cuanto a la ejecución de la licitación los artículos 27 y 28 a cuando menos tres personas fracciones I y II, 29, 31, 32, 33, 34, 35,36, 48, 49, y 50, que en síntesis se refieren a la elaboración de consolidados de bienes; la determinación de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial en cuanto al carácter de nacional o internacional; elaboración de bases y venta de las mismas, así como las convocatorias y su envío a la SECODAM; la autorización del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios para la publicación de la convocatoria; junta de aclaración; actos de apertura de propuestas técnicas y apertura de propuestas económicas; fallo de licitaciones y publicación de ganadores.
    • El desarrollo de las operaciones del procedimiento de invitación a cuando menos tres personas se basa en los artículos 40, 41, 42 y 43 que consisten en síntesis en la elaboración de consolidados de bienes; invitaciones a personas idóneas; recepción de propuestas técnicas y económicas, evaluación de propuestas técnicas por parte del área requisitora y presentación de dictamen; acto de las propuestas económicas de las personas cuyas propuestas técnicas hayan sido aprobadas y acto de fallo de invitación a cuando menos tres personas y envío de las actas de fallo técnicas y económicas a los proveedores.
    • La modificación al contrato debe ser acorde con lo dispuesto por el artículo 52.
    • Respecto a la efectividad de la fianza por incumplimiento del contrato por parte del proveedor se fundamenta en el articulo 53, que implica el envío del original de la póliza de fianza y la documentación complementaria al Departamento de Patrimonio, Mobiliaria, Seguros y Fianzas para aplicación de la pena convencional.
    • Las compras directas se desarrollan con base en los artículos 41 y 42, es decir, por acuerdo del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de Capufe y por los monto de la operación, establecidos en el Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal correspondiente.
    2. La elaboración y formalización de contratos del capítulo 2000, se fundamenta en los acuerdos de adjudicación directa por parte del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y a los fallos de licitaciones públicas y de invitación a cuando menos a tres personas.

    3. Los montos de las operaciones estimadas en principio, se basan en los lineamientos y criterios establecidos en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente.

    4. La recepción y seguimiento de las solicitudes de abasto e integración de requisiciones de compra para el capítulo 2000, se observa dentro del Manual de Políticas, Bases y Lineamientos de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, vigente.

    POLÍTICAS DE OPERACIÓN

    1. Es responsabilidad de la ventanilla única, la recepción de las solicitudes de abasto y servicios, durante el periodo establecido para tal fin, emitido mediante oficio circular No. GRMYSG-070/ 99, con fecha 14 de enero de 1999, en horario de 9:00 a 14:00 hrs. Invariablemente, debiendo respetar dicho plazo.

    2. La ventanilla única solo recibirá requisiciones elaboradas en los formatos establecidos para ese fin, ya sea de abasto o servicios, según sea el caso, estos formatos no deberán sufrir ninguna modificación en sus apartados.

    3. La ventanilla única solo recibirá las solicitudes debidamente requisitadas, es decir deberá contener una descripción amplia y suficiente de las especificaciones de los bienes y servicios.

    4. Se aceptarán solicitudes de abasto y/o servicios cuando estas estén suscritas por funcionarios autorizados, cuya firma aparezca en el catálogo de funcionarios autorizados para asignar requisiciones y que deberán de actualizar en el mes de enero.

    5. Solo se recibirán solicitudes de abasto y/o servicio cuyo trámite de afectación presupuestal haya sido aprobado por la Subdirección Finanzas, mediante el Departamento de Presupuesto, cuyo sello deberá aparecer en el formato de solicitud, según oficio circular No. DAF/99, emitido con fecha 10 de febrero de 1999.

    6. Todas las áreas solicitantes se sujetarán al tiempo de tramite de su requisición, no se atenderán documentos en menos tiempo del establecido ( plazo no mayor a 2:00 hrs. del ingreso a la ventanilla única al departamento).

    7. La ventanilla única podrá rechazar cualquier documento de solicitud de abasto y/o servicio cuando:

    a) No cumpla con algún (os) punto (s) anteriores.
    b) Se presenten documentos extemporáneos.
    c) No presenten solicitud original con sus copias.
    d) La solicitud no presente el sello proporcionado por la Subdirección de Finanzas (afectación presupuestal aprobada).

    8. La ventanilla única verificará la información como; centro de costo, área de trabajo, y clave programática, esta deberá cotejarse con el documento de estructura programática del ejercicio fiscal correspondiente y verificar que sea congruente la firma del funcionario que esta suscribiendo la solicitud de abasto, además de los siguientes datos:
    • En el extremo superior derecho, el recuadro que indica de cuantas hojas se compone la solicitud, para revisar según el número de hojas, se presenten tantas solicitudes originales.

    • En la columna código del bien, que el número de la partida corresponda al concepto y que únicamente se haya elaborado la requisición correspondiente a una sola partida, es decir, cuando se requieran conceptos de diferentes partidas, estos se solicitarán por separado.

    • En la columna descripción, que se especifique el bien que se solicite, para eso deberá contar con una amplia descripción del bien.

    • En la columna unidad, que se haya registrado de manera correcta la forma de presentación del bien que se está solicitando, por ejemplo: pieza= pza, caja=cja. ,Paquete=paq. ,kilo=Kg, ciento=cto.


    En la columna cantidad solicitada, que se especifique el número de bienes solicitados, teniendo presentes, los principios de racionalidad y austeridad.




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