MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA INTEGRACIÓN, EJERCICIO Y CONTROL DEL PRESUPUESTO

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

OBJETIVO GENERAL

BASE LEGAL

DEFINICIONES

POLÍTICAS GENERALES DE OPERACIÓN

OBJETIVOS, DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Y DIAGRAMAS DE FLUJO DE LOS PROCEDIMIENTOS:



Resumen del Documento:

Establece la secuencia y flujo de actividades a realizar para la integración, registro, control y afectación del presupuesto de egresos autorizado por la S.H.C.P, en forma similar de conformidad con las disposiciones normativas vigentes.

Vigencia a partir del mes de noviembre de 2002 a la fecha.


INTRODUCCIÓN

Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, en cumplimiento de las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de atender las acciones principales de Modernización e Innovación de Calidad de la Administración Pública, promueve y contribuye a que el ejercicio del gasto público sea más ágil, transparente, eficiente y eficaz.

Para tal efecto, es necesario establecer los procedimientos que den certidumbre y seguridad a los ejecutores del gasto, eliminando actividades innecesarias en la gestión presupuestaria e integrar éstos en un solo instrumento administrativo que regule el proceso presupuestario, a efecto de que los centros de costo que conforman el Organismo, tengan una mayor claridad sobre los lineamientos a los que habrán de sujetarse y facilitar la ejecución del presupuesto.

En este sentido, para unificar los criterios sobre el ejercicio, comprobación de los recursos, regular de manera transparente y precisa todos los gastos, con el fin de promover y permitir el cumplimiento de los programas y proyectos, se deben prever procedimientos presupuestarios más ágiles y oportunos que incentiven una administración eficiente.

El presente manual contiene los objetivos específicos, los procedimientos descriptivos y los diagramas de flujo de los procesos de programación-presupuestación, ejercicio y control del gasto, a efecto de que cumpla con el fin para el cual se implantó, es necesario mantenerlo permanentemente actualizado tomando como base el desarrollo informático y la modernización administrativa en que la entidad converge.


I OBJETIVO GENERAL

Unificar los criterios de aplicación de los procesos de integración, registro, control y afectación del presupuesto de egresos autorizado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a efecto de que la información que generan las unidades administrativas del Organismo, sea confiable, veraz y oportuna, de conformidad con las disposiciones establecidas en las materias que regulan la programación y presupuestación del gasto público, así como las medidas de productividad, ahorro, transparencia y desregulación presupuestaria, que permita la incorporación de la información al sistema integral de información para su consolidación y para la correcta toma de decisiones.


II BASE LEGAL

  • Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. (D.O.F. 29/XII/76) y sus reformas.

  • Ley Federal de las Entidades Paraestatales. (D.O.F. 14/VI/86) y sus reformas.

  • Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. (D.O.F. 30/XII/76) y sus reformas.

  • Ley General de Deuda Pública. (D.O.F. 31/XII/76) y sus reformas.

  • Ley de Ingresos de la Federación del ejercicio correspondiente.

  • Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (D.O.F. 04/I/00).

  • Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. (D.O.F. 04/I/00).

  • Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. (D.O.F. 31/XII/2002).

  • Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio correspondiente.

  • Reglamento de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales. (D.O.F. 26/I/90).

  • Reglamento de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal. (D.O.F. 18/XI/81) y sus reformas.

  • Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. (D.O.F. 20/VIII/01).

  • Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. (D.O.F. 20/VIII/01).

  • Acuerdo por el que se expide el Manual de Normas Presupuestarias para la Administración Pública Federal. (D.O.F. 4/V/2000) modificado el 07/XI/2001.

  • Acuerdo que establece la creación del Comité Técnico de Información, como Órgano Auxiliar de la Comisión Intersecretarial Gasto-Financiamiento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (D.O. F. 23-08-88).

  • Acuerdo que establece las Disposiciones de Productividad, Ahorro, Transparencia y Desregulación Presupuestaria en la Administración Pública Federal para el ejercicio fiscal del año 2001. (D.O.F. 28/II/2001).

  • Acuerdo por el que se crea, con carácter permanente, la Comisión Intersecretarial Gasto-Financiamiento y sus modificaciones. (D.O.F 29/VIII/79).

  • Manual de Normas para el Ejercicio del Gasto en la Administración Pública Federal.

  • Manual de Contabilidad Gubernamental del Sector Paraestatal.

  • Oficio de los Lineamientos que Establece el Manejo de las Disposiciones Financieras y sus Mecanismos.

  • Oficio Circular No. 0114/00 del 26 de enero de 2000, mediante el cual se envían los lineamientos emitidos por las Secretarías de Hacienda y Crédito Público, de la Contraloría y Desarrollo Administrativo y el Banco de México.

  • Clasificador por Objeto del Gasto. (D.O.F. 21/IX/95) y sus modificaciones.


    III DEFINICIONES

    ADEFAS (ADEUDOS DE EJERCICIOS FISCALES ANTERIORES)

    Son los compromisos de pago por las transacciones económicas ordinarias, que no se liquidan al cierre del ejercicio fiscal correspondiente y que se transfieren al siguiente.

    AFECTACIÓN PRESUPUESTARIA

    Es el movimiento que permite adecuar o modificar el presupuesto original autorizado por la H. Cámara de Diputados, el movimiento que produzca puede ser: ampliación, reducción o movimiento compensado, el cual se realiza a través de un documento denominado “Oficio de Afectación Presupuestaria”. Según el tipo de clave presupuestaria que afecte, puede ser: automática (cuando el traspaso es interno); o no automática, (externo) (cuando se requiere autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público).

    ANTEPROYECTO DE PRESUPUESTO

    Estimación de los gastos a efectuar para el desarrollo de los programas sustantivos y de apoyo de las dependencias y entidades del Sector Público Presupuestario; para su elaboración se deben observar las normas, lineamientos y políticas de gasto que fije la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; la información permite a esta dependencia integrar el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.

    AÑO FISCAL

    Año presupuestario y contable para el cual se presupuestan los ingresos y gastos brutos, y para los que se presentan cuentas, sin incluir ningún período complementario durante el cual puedan mantenerse abiertos los libros contables después del inicio del período fiscal siguiente.

    ÁREAS RESPONSABLES DE LAS PARTIDAS

    Son las áreas que cuentan con asignación presupuestal, responsables de la ejecución de la partida respectiva.

    CAPÍTULO DE GASTO

    Son los elementos de la clasificación por el objeto del gasto que constituyen un conjunto homogéneo, claro y ordenado de los bienes y servicios que el Gobierno Federal y las entidades paraestatales adquieren para la consecución de sus objetivos y metas. La unidad básica de registro que conforma un capítulo presupuestario es la “partida”, un conjunto de partidas forma un “concepto” y un grupo de conceptos integra un “capítulo”; este nivel de agregación hace posible el análisis retrospectivo y prospectivo de los planes o programas de acuerdo con la naturaleza del gasto a realizar.

    CATEGORÍA PROGRAMÁTICA

    Es la actividad institucional que representa el conjunto de operaciones y tareas que llevan a cabo las dependencias para dar cumplimiento a su misión y refleja de manera concreta la producción de un bien o la prestación de un servicio.

    COMITÉ TÉCNICO DE INFORMACIÓN (CTI)

    Es el órgano auxiliar de la Comisión Intersecretarial Gasto-Financiamiento de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; se constituye como un foro permanente de intercambio de opiniones en materia técnica y logística, creado con el fin de operar el Sistema Integral de Información (SII), avanzar en su consolidación y hacer compatibles los requerimientos de información que deban rendir las dependencias, órganos desconcentrados, entidades paraestatales e intermediarios financieros.

    CENTRO DE RECEPCIÓN, COMUNICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE INFORMACIÓN (CERECODI)

    Centro de acopio de información al cual acuden los informantes cuando tienen problemas técnicos de transmisión de datos por la red telemática, mediante el cual envían los formatos del Sistema Integral de Información y respaldo posterior vía diskette para su incorporación a éste.

    EJERCICIO FISCAL

    Es el periodo comprendido entre 1 de enero y el 31 de diciembre de cada año para los propósitos fiscales.

    EJERCICIO PRESUPUESTARIO

    Período durante el cual se han de ejecutar o realizar los ingresos y gastos presupuestados; normalmente coincide con el año natural.

    INVERSIÓN FÍSICA

    Son las adquisiciones incluidas en el programa de inversiones físicas del ejercicio fiscal correspondiente.

    MANUAL DE NORMAS PRESUPUESTARIAS PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

    Es el documento jurídico que contiene las normas de observancia obligatoria para las dependencias y entidades de la administración pública federal, que sirve para la integración del proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación, a través de indicaciones técnicas para su elaboración.

    OBRA PÚBLICA

    Es la ejecución de los trabajos de construcción y conservación que contrata una dependencia y/o entidad de acuerdo con la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

    PLAZA PRESUPUESTARIA

    Clave de una plaza de trabajo que implica un conjunto de labores, responsabilidades y condiciones de trabajo asignados de manera permanente a un puesto en particular, en determinada adscripción, que debe presupuestarse anualmente.

    PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACIÓN

    Es el documento jurídico, contable y de política económica, aprobado por la H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, a iniciativa del Presidente de la República, en el cual se consigna el gasto público, de acuerdo con su naturaleza y cuantía, que deben de realizar el sector central y el sector paraestatal de control directo, en el desempeño de sus funciones en un ejercicio fiscal.

    PRESUPUESTO ORIGINAL AUTORIZADO.

    Estimaciones de gasto autorizadas por la H. Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos de la Federación y que son el resultado de la iniciativa que el ejecutivo envía a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para desarrollar las actividades de la Administración Pública Federal, durante el período de un año a partir del primero de enero.

    PRESUPUESTO COMPROMETIDO

    Es el monto de bienes y servicios devengados y comprometidos, previamente a su pago, mediante documentos presupuestarios con cargo al presupuesto aprobado mientras no prescriba la acción para exigir el crédito, siempre que hubiesen sido debidamente autorizados y registrados, ejemplo: pedidos, contratos, etc.

    PRESUPUESTO EJERCIDO

    Importe de las erogaciones realizadas respaldado por documentos comprobatorios (facturas, notas, nominas etc.) presentados al organismo una vez autorizados para su pago, con cargo al presupuesto autorizado.

    PRESUPUESTO DISPONIBLE

    Estimación del saldo o remanente de recursos susceptibles de ser utilizados, el cual resulta de restar a una asignación presupuestaria, las cantidades ejercidas y comprometidas con cargo a dicha asignación.

    PRESUPUESTO NO REGULARIZABLE

    Estimación destinada a la adquisición de maquinaria, equipo, vehículos, muebles, construcción y equipamiento que no necesariamente se consumen año con año y que, por tanto, deben justificarse debidamente si son requeridos nuevamente.

    PRESUPUESTO REGULARIZABLE

    Inclusión o eliminación total o parcial en el proyecto de presupuesto del ejercicio siguiente de las asignaciones del presupuesto en vigor, más su complemento a la anualidad.

    RECURSOS PRESUPUESTARIOS

    Asignación consignadas en el Presupuesto de Egresos de la Federación, destinadas al desarrollo de las actividades necesarias para alcanzar los objetivos y metas propuestos por las entidades para un período determinado.

    REGISTRO PRESUPUESTARIO.

    Asiento de erogaciones realizadas por las dependencias y entidades en relación a la asignación, modificación y ejercicio de los recursos presupuestarios que les hayan autorizado.

    SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN DE LOS INGRESOS Y GASTO PÚBLICO (SII)

    Conjunto de procesos informáticos en ambiente windows versión 95 que permite a las áreas responsables de integrar la información en materia de programación-presupuestación y de disponibilidades financieras, el manejo de cifras homogéneas, así como la disposición de información oportuna, confiable, consistente y veraz.

    SEGUIMIENTO DEL GASTO

    Acción que se lleva a cabo en la fase de ejecución presupuestaria y que consiste en la evaluación permanente cuantitativa de los avances físicos y financieros de las actividades realizadas por las distintas entidades de la Administración Pública Federal.

    TRASPASOS DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS

    Es el movimiento que consiste en trasladar el importe total o parcial de la asignación de una clave presupuestaría a otra, previa autorización del sector y de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en su caso.

    TRANSFERENCIAS INTERNAS.

    Las adecuaciones presupuestarias internas no requieren la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, consisten en los traspasos de recursos de una partida a otra, de acuerdo con las estructura funcional-programática, administrativa y económica del Presupuesto de Egresos de la Federación,

    TRANSFERENCIAS EXTERNAS.

    Las adecuaciones presupuestarias externas requieren la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con las estructuras funcional programática, administrativa y económica del Presupuesto de Egresos, en los siguientes traspasos: A) de un proyecto institucional a otro. B) de una actividad institucional a otra.


    IV POLÍTICAS GENERALES

    GENERALIDADES
    • Las operaciones contenidas en cada uno de los procedimientos serán aplicables conforme a las disposiciones establecidas en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal y su Reglamento, el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) del ejercicio correspondiente, Manual de Normas Presupuestarias y el Clasificador por Objeto del Gasto.

    • Las adecuaciones presupuestarias se fundamentan en los artículos 11, 12, 13, 14, 16, 19 y 20 del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), que corresponden al ejercicio por resultados del gasto público y a la disciplina presupuestaria.

    • Las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria se deberán observar de acuerdo a las disposiciones emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, para racionalizar y reducir en términos reales el gasto destinado a las actividades administrativas y de apoyo.

    • Para efecto de los gastos relacionados con la comunicación social, se deberá observar lo dispuesto en el artículo 29 y 35 del PEF.

    • Para las erogaciones por concepto de gastos de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales, simposiums o cualquier otro tipo de foro o evento análogo, se requerirá la autorización del Director General.

    • Para la celebración de contratos de prestación de servicios profesionales por honorarios con personas físicas se deberá observar lo dispuesto en el artículo 48 del PEF.

    • La obligación de proporcionar la información y transparencia sobre la ejecución del presupuesto será de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del PEF.

      EJERCICIO DEL PRESUPUESTO

    • El ejercicio del presupuesto inicia el primero de enero y termina el 31 de diciembre de cada año, por lo que para la recepción y trámite de documentos relativos a la gestión presupuestaria, los centros de costo que conforman el Organismo no podrán contraer compromisos con cargo al presupuesto autorizado en el año siguiente al cierre del ejercicio presupuestario correspondiente.

    • Los compromisos de pago de las transacciones efectuadas por las distintas unidades administrativas del Organismo que se realizan en el Departamento de Presupuesto (Ventanilla Única), (Obra Pública, Asignaciones y Supervisión de Registros, Codificación y Captura), se aplicarán invariablemente con cargo al presupuesto autorizado específicamente al centro de costo que genere el gasto.

    • Para el cierre del ejercicio presupuestario, la fecha límite de recepción de documentos para su trámite y registro de solicitudes de pago en el Departamento de Presupuesto (Ventanilla Única) será establecida por la Dirección de Administración y Finanzas con base en el calendario de entrega de información del despacho de auditores externos designado por la SECODAM para la revisión del Dictamen Financiero Presupuestal.



    SUPERVISIÓN DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO
    • Los Directores, Subdirectores, Coordinadores de Área, Delegados Regionales, Gerentes de Tramo y Titular del Conexo Industrial del Organismo, serán los responsables de la supervisión del ejercicio de su presupuesto autorizado, en estricto apego a las disposiciones del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF) y atendiendo las disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria.



    AFECTACIÓN PRESUPUESTAL
    • El Departamento de Presupuesto (Área de Codificación y Captura) efectuará la afectación presupuestaria por cada una de las transacciones realizadas, con base en los lineamientos establecidos en las normas presupuestarias.



    CREACIÓN Y PAGO DE COMPROMISOS
    • La única área autorizada para expedir contrarecibos de pago es el Departamento de Presupuesto (Ventanilla Única), los cuales serán entregados a los beneficiarios para su presentación ante el Departamento de Egresos para su cobro.

    • Para realizar los pagos que se encuentren respaldados por un documento rector, se presentará la factura o recibo original a nombre de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos, anexando la documentación soporte, como: notas de entrada al almacén, constancia de recepción del servicio, fianzas y estimación, los cuales deberán estar firmados de autorizado por la autoridad competente de acuerdo a la normatividad establecida y con base a lo pactado en el propio documento rector.

    • Todas las solicitudes de pago deberán tramitarse en el Departamento de Presupuesto (Ventanilla Única), debiendo anexarse la documentación comprobatoria de respaldo, la cual deberá contener los requisitos fiscales, legales y administrativos establecidos en cada caso.

    • Los documentos que se presenten para su pago, en el Departamento de Presupuesto (Ventanilla Única), invariablemente deberán ser originales con el objeto de evitar duplicidades y/o observaciones en las revisiones que practican autoridades competentes.

    • Los gastos de comunicación social que se genere en Oficinas Centrales, Delegaciones Regionales, Gerencias de Tramo, y Conexo Industrial deberán ser previamente autorizadas por la Coordinación de Comunicación Social.

    • Los gastos por concepto de reparaciones de maquinaria y equipo con terceros, deberán ser invariablemente con cargo a la partida de mantenimiento (capítulo 3000), independientemente que lleven refacciones incluidas.

    • Los gastos por concepto de pasajes deberán aplicarse en la partida Pasajes Nacionales e Internacionales, los pasajes internacionales deberán ser autorizados por el Director General.

    • Todos los documentos que se tramiten para pago, una vez revisados y requisitados correctamente, deberán contar con la suficiencia y autorización presupuestal correspondiente y su aplicación deberá efectuarse de conformidad con el clasificador por objeto del gasto vigente.



    TRÁMITE DE PAGO A PROVEEDORES DE BIENES MATERIALES
    • Para el pago de bienes materiales el proveedor deberá presentar en el Departamento de Presupuesto (Ventanilla Única), los días lunes en horario de 9:00 a 14:00 hrs., la documentación siguiente:
      • Copia del contrato debidamente requisitado en caso de ser entrega parcial, tratándose de entrega total o último pago deberá presentar el original.
      • Copia de fianza y endoso en caso de requerirse, avalados por el personal facultado de la Dirección Jurídica, la cual deberá indicar la aplicación o no de la sanción por entrega extemporánea de la misma.
      • Original y tres copias de la factura, con sello de recibido del almacén, en caso contrario entrada de almacén y/o remisión debidamente requisitada, así como los requisitos señalados en el contrato.

    • Se verificará de acuerdo a las condiciones de entrega pactadas en el contrato, si el proveedor es acreedor a la aplicación de sanción por entrega extemporánea, en caso de proceder se determinará el monto de acuerdo a la cláusula de penas convencionales que marca el mismo y solicitando al proveedor nota de crédito por el importe correspondiente.

    • Toda Factura y/o nota de crédito que presente el proveedor deberá ser a nombre de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos y reunir los requisitos fiscales señalados en el Artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.



    TRÁMITE DE PAGO DE CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS.

    El prestador de servicios deberá presentarse en el Departamento de Presupuesto (Ventanilla Única) los días lunes en horario de 9:00 a 14:00 horas con la documentación siguiente:

    A)- Asesorías
    • Copia del contrato debidamente requisitado, únicamente en el primer pago.
    • Copia de fianza y endoso en caso de requerirse, avalada por el personal facultado de la Dirección Jurídica en la cual se indique la aplicación o no de la sanción por entrega extemporánea de la misma.
    • Original y tres copias de la factura y/o recibo debidamente autorizada por el área correspondiente, la cual debe ir acompañada por:
    • Informe ejecutivo de avance de los servicios contratados, firmado por el servidor público responsable
    • En la conclusión de los servicios invariablemente deberá presentar acta de entrega-recepción original.
    • Copia de acuse en el cual se haga constar que la Subdirección de Recursos Humanos y Materiales recibió copia del informe de los trabajos ejecutados.



    B)- Servicios Generales.
    • Copia del contrato debidamente requisitado únicamente en el primer pago.
    • Copia de fianza y endoso en caso de requerirse, avalada por el personal facultado de la Dirección Jurídica en la cual se indique la aplicación o no de la sanción por entrega extemporánea de la misma.
    • Original y tres copias de la factura debidamente autorizada por el área responsable, la cual debe ser acompañada por la documentación soporte según lo marque las condiciones del contrato.



    C)- Ordenes de trabajo.
    • Orden de trabajo original y tres copias debidamente requisitada.
    • Orden de inserción con la especificación del servicio.
    • Original y tres copias de la factura, la cual debe ser acompañada por la publicación correspondiente.



    Los pagos se programarán con base a lo estipulado en cada contrato.

    Se verificará con base a los documentos que los servicios hayan sido entregados oportunamente de acuerdo a la vigencia del contrato, si el prestador de servicio es acreedor a la aplicación de sanción por entrega extemporánea, se determinará el monto de acuerdo a la cláusula de penas convencionales que marca el mismo y se solicita al prestador nota de crédito por el importe correspondiente.

    Toda factura y/o nota de crédito que presente el prestador de servicio deberá ser a nombre de Caminos y Puentes Federales Ingresos y Servicios Conexos y reunir los requisitos fiscales conforme al artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

    PAGO DE OBRA PÚBLICA A CONTRATISTAS
    • Para el pago de Obra Pública, el Contratista presentará la siguiente documentación para cada trámite de pago en el Departamento de Presupuesto (Ventanilla Única):
      • Para contrato por realización de Obra Pública:
        • Copia del contrato.
        • Acuerdo del Director Técnico (en caso de otorgar más del 30 % de anticipo).
        • Copia de la fianza de anticipo con el (Vo.Bo. del Área Jurídica).
        • Copia de la fianza de cumplimiento (deberá especificar el número de contrato y Vo.Bo. del Área Jurídica).
        • Original y cuatro copias de la factura acompañada con su estimación original firmada por los servidores públicos responsables.

      • Para convenio:
        • Copia del convenio.
        • Copia de fianza de cumplimiento (deberá especificar el número de contrato y Vo.Bo. del Área Jurídica).
        • Original y cuatro copias de la factura acompañada con su estimación original firmada por los servidores públicos responsables.

      • Para escalatoria:
        • Copia de la escalatoria.
        • Copia de fianza de cumplimiento (deberá especificar el número de la escalatoria con Vo.Bo. del Área Jurídica).
        • Original y cuatro copias de factura acompañada con su estimación original firmada por los servidores públicos responsables.

      • Para revalidación:
        • Copia de revalidación (en caso de que se ejecute en varios ejercicios).
        • Original y cuatro copias de factura, acompañada con su estimación original y firmada por los servidores públicos responsables.
        • Copia de fianza de cumplimiento.
        • Copia de fianza de anticipo (si se otorga).

      • Para anticipo por inicio de Obra Pública:
        • Original y cuatro copias de la factura o recibo del contratista a nombre de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos y Vo. Bo. del servidor público responsable.
        • Copia del contrato o Revalidación.
        • Copia de la fianza de anticipo (con Vo.Bo del Área Jurídica).
        • Copia de la fianza de cumplimiento (deberá especificar el número de contrato).
        • Original del oficio, autorizando el anticipo por la Dirección Técnica.

      • Para factura de Obra Pública:
        • Original y cuatro copias de la factura a nombre de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos.
        • Original del oficio firmado por el Director Técnico.



      • La documentación para trámite de pago a contratistas de Obra Pública será recibida en el Departamento de Presupuesto (Área de Obra Pública, Asignaciones y Supervisión de Registros); para estimaciones el día lunes y para anticipos de lunes a viernes, en ambos casos en horario de 9:00 a 14:00 hrs.

      • El pago de las estimaciones se realizará de acuerdo a las condiciones pactadas en los contratos y convenios respectivos.

      • Toda factura y/o nota de crédito que presente el contratista deberá ser a nombre de Caminos y Puentes Federales de Ingresos y Servicios Conexos y reunir los requisitos fiscales señalados en el Artículo 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.



      PAGO DE OBLIGACIONES EN MONEDA EXTRANJERA

      • Los compromisos de pago en moneda extranjera dentro la República Mexicana, se deberán realizar invariablemente en moneda nacional, detallando pesos y centavos, tomando como base la fecha de pago y el tipo de cambio correspondiente determinado por el Banco de México y publicado en el Diario Oficial de la Federación.

      • La cuenta por pagar que se emita para respaldar gastos en el exterior se consignará en dólares norteamericanos. En caso de requerirse otra divisa, se hará la conversión a la divisa norteamericana y posteriormente a moneda nacional, de acuerdo con los tipos de cambio que fije el Banco de México y publique en el Diario Oficial de la Federación.

      • En estas operaciones, deberá indicarse al beneficiario de la cuenta por pagar, la fecha de pago, en la inteligencia de que si se presenta a cobrar posteriormente, el tipo de cambio para cuantificar el importe del pago en moneda nacional no sufrirá modificaciones.



      PAGO DE SOLICITUD DE CHEQUE (GASTOS A COMPROBAR)

      • La solicitud de cheque podrá ser generada por el servidor público con nivel de Gerente o superior y recabando la firma de aprobación de la Subdirección de Finanzas

      • La solicitud de cheque se tramitará en el Departamento de Presupuesto (Ventanilla Única) con 48 horas de anticipación al pago.

      • Una vez recibida la solicitud de cheque se expedirá contrarecibo a nombre del proveedor y/o prestador de servicio y con cargo al servidor público responsable del gasto.

      • El servidor público responsable del gasto, deberá realizar la comprobación del mismo.



      REGISTRO Y CONTROL DEL MÓDULO DE PRESUPUESTO

      • Registro de información:

      • El Departamento de Presupuesto (Área de Codificación y Captura), será responsable del adecuado registro de información en el Módulo del Plan Director de Sistemas de Información (PDSI) de presupuesto conforme al clasificador por objeto del gasto vigente.

      • Transacciones:

      Será responsabilidad del encargado del Módulo del Sistema del Plan Director de Sistemas de Información (PDSI), realizar la aplicación de la póliza correspondiente que se emita para la afectación del presupuesto.

      Parametrización:
      • La parametrización de las tablas del Módulo de Presupuesto se elaborarán y modificarán con la autorización de la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad.



      CONCILIACIÓN DEL PRESUPUESTO

      • Las conciliaciones del presupuesto comprometido y pagado que realiza el Departamento de Presupuesto con el Departamento de Contabilidad correspondiente a los capítulos 1000, 2000, 3000, 5000 y 6000 deberán iniciarse un día posterior al cierre oficial de ejercicio mensual y aplicarse en un plazo de quince días hábiles posteriores, utilizando para ello como herramienta las balanzas extraídas del Plan Director de Sistemas de Información (P.D.S.I.).

        Las conciliaciones del presupuesto comprometido y pagado de Oficinas Centrales deberán realizarse a nivel de detalle y por partida específica, haciendo las observaciones y aclaraciones a quien corresponda en un lapso de quince días y se deberán utilizar los formatos establecidos, conteniendo las firmas de formuló, recibió, y visto bueno de los titulares de los Departamentos que conciliaron.

      • Las conciliaciones que realiza el Departamento de Presupuesto con el Departamento de Nuevas Tecnologías (Dirección Técnica), correspondiente al capítulo 6000 (Obra Pública) se realizará en forma mensual.

      • El Departamento de Presupuesto y el Departamento de Adquisiciones de Oficinas Centrales, realizarán conciliaciones en forma mensual por documento rector del presupuesto comprometido en forma acumulada para llegar a cifras iguales, dando a conocer mediante oficio los comentarios que se deriven de la misma.

      • El Departamento de Presupuesto y la Coordinación de Comunicación Social de Oficinas Centrales, realizarán conciliaciones en forma mensual por documento del presupuesto pagado en forma acumulada para llegar a cifras iguales, dando a conocer mediante oficio los comentarios que se deriven de la misma.

      • El Departamento de Presupuesto y el Departamento de Patrimonio, Mobiliario, Seguros y Fianzas adscrita a la Dirección Jurídica de Oficinas Centrales, realizarán conciliaciones en forma mensual del presupuesto pagado de seguros en forma acumulada para llegar a cifras iguales.

      • El Departamento de Presupuesto elaborará las conciliaciones de gasto de Oficinas Centrales y cada Delegación es responsable de su conciliación mensual debiendo utilizar el formato establecido para tal efecto.



      RADICACIÓN DE RECURSOS A DELEGACIONES

      • Las Delegaciones, Gerencias de Tramo y Conexo Industrial deberán formular un programa de pagos y remitirlo a la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad con 48 horas de anticipación a la fecha de pago. las solicitudes de radicación de recursos financieros de los capítulos 1000, 2000 y 3000, se tramitará a través de las misma Gerencia.

      • Las unidades responsables enviarán dentro de los primeros cinco días de cada mes al Departamento de Presupuesto de Oficinas Centrales, relación de depósitos (transferencias) por capítulo que la Gerencia de Tesorería haya realizado, la cual deberá contener fecha, cantidad y reintegro de los recursos no utilizados.

      • Para emitir una solicitud de autorización de recursos, el Departamento de Presupuesto deberá verificar la suficiencia presupuestal en el capítulo correspondiente.

      • Las solicitudes de radicación de recursos financieros de los capítulos 5000 y 6000, se realizarán a través de la Gerencia de Presupuesto y Contabilidad y deberá formularse un programa de pagos y entregarse con 48 horas de anticipación a la fecha de pago, el cual deberá venir acompañada de facturas y carátulas del contrato (cuando es primera estimación o anticipo), para lo cual, se radicarán recursos los días miércoles.



      REDUCCIONES PRESUPUESTALES

      • Cuando una reducción es consecuencia de una transferencia generada por asignación centralizada de un área específica, se debe tener como soporte el oficio debidamente firmado por el área responsable así como el formato de “ Solicitud de Transferencia” autorizado para proceder a la aplicación de la reducción.

      • Cuando la reducción es generada por disposición de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, se aplica el formato de “Solicitud de Transferencia” debidamente autorizado.



      TRANSFERENCIAS INTERNAS

      • Se deberá acatar a lo establecido en el numeral 170 del “Manual de Normas Presupuestarias de la Administración Pública Federal emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que a la letra dice: “Las adecuaciones presupuestarias internas son aquellas modificaciones que autoriza el órgano de gobierno de la entidad y que no requieren autorización de la Secretaría”.

      • Los días para recibir y autorizar son del primero al veinticinco de cada mes con el objeto de integrar el presupuesto modificado en forma mensual, si se reciben en fecha posterior a la establecida se deberán aplicar al siguiente mes, debiendo utilizar el formato autorizado para tal efecto.






      Dirección de Administración y Finanzas
      Gerencia de Presupuesto y Contabilidad

      Calzada de los Reyes 24, Tetela del Monte,
      Cuernavaca 062130 Morelos, México
      Tel. 01 (777) 329-2100